El Diari Oficial de la Comunitat Valenciana (DOCV) publica este lunes la orden por la que se modifica el calendario de vacunación sistemática infantil en la autonomía, adaptado a las nuevas situaciones epidemiológicas a través de sucesivas resoluciones de la Conselleria de Sanidad. En este caso, se incluye la vacuna del neumococo en los niños nacidos a partir del 1 de enero de este año y se adelanta la del papiloma humano para las niñas a los 12 años.

La última modificación viene recogida en la Orden 7/2013, de 26 de diciembre y su corrección de errores posterior donde se adelantaba la segunda dosis de la vacuna triple vírica a los tres-cuatro años y se modificaba la pauta de vacunación frente al meningococo C.

El Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud aprobó el 14 de enero de 2015 la incorporación de la vacuna frente al neumococo en el calendario sistemático de vacunaciones para antes de 2016, así como el adelanto de la vacunación de las niñas frente al virus del papiloma humano a los 12 años.

Estas modificaciones, según señala el DOCV consultado por Europa Press, "se basaban tanto en la adecuación a las nuevas realidades epidemiológicas como a los nuevos conocimientos sobre la efectividad de las vacunas".

El objeto de la orden publicada es aprobar el nuevo calendario de vacunación sistemática infantil de la Comunitat Valenciana, en el que se incluye la vacuna frente al neumococo en los niños nacidos a partir del 1 de enero de 2015. La primera dosis será a los meses, la segunda a los cuatro y la tercera al año.

En relación a la vacuna del papiloma humano, se adelanta la vacunación a los 12 años. Para adecuar la nueva pauta a la realidad y "garantizar una adecuada cobertura vacunal", durante el año 2015 se vacunarán a las niñas nacidas en los años 2001 y 2002, mientras que en el año 2016 a las niñas nacidas en 2003 y 2004.

Con respecto a la vacunación frente a la hepatitis B, la primera dosis se administrará en las maternidades públicas o privadas al nacimiento. Los hijos de madres portadoras del HBsAg deberán recibir la segunda dosis de vacuna contra la hepatitis B al mes del nacimiento.

Aquellos niños que presenten un calendario incompleto de vacunación con relación al establecido por las autoridades sanitarias, deberán adecuarlo a las recomendaciones oficiales. En estos casos, se aprovechará "cualquier contacto con los servicios sanitarios" en especial los establecidos en el programa de salud del niño sano, para revisar y actualizar los calendarios vacunales de cada niño.

Las vacunas incluidas en el calendario de vacunación sistemática infantil, así como aquellas que se establezcan en los programas de vacunación específicos, se administrarán de forma gratuita, sin perjuicio de la posible reclamación del pago cuando existan terceros obligados a ello, en todos los puntos de vacunación o unidades establecidas por la Conselleria con competencias en materia de sanidad y deben ser registradas en el Registro de Vacunas Nominal.

Los centros privados acogidos al convenio de colaboración firmado en su día entre la dirección general con competencias en materia de salud pública y la Sociedad Valenciana de Pediatría deberán seguir el calendario de vacunaciones sistemáticas infantil y los protocolos de conservación y registro de las vacunas administradas.

Cuando la situación epidemiológica así lo aconseje se podrán dictar la medidas de adecuación del calendario de vacunación que se consideren oportunas para garantizar el mayor nivel de protección de la población.

En relación con otras vacunas no sistemáticas, los niños empadronados en la Comunitat Valenciana se vacunarán frente a la gripe de acuerdo con los criterios establecidos por la dirección general con competencias en materia de salud pública. Igualmente los niños empadronados en la autonomía que realicen viajes al extranjero deberán vacunarse con aquellas vacunas indicadas en cada caso para la protección de los riesgos relacionados con el viaje.