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Tribunales

El Supremo anula la reserva de suelo del Consell para el trasvase del Ebro

La razón para invalidarlo es que el bautizado como "Corredor de Infraestructuras" se basa en "una disposición derogada" - El recurso lo ha impulsado la empresa que promueve un PAI en Algímia d'Alfara desde 2004

El Tribunal Supremo ha dado la puntilla definitiva al trasvase del Ebro en la Comunitat Valenciana, al anular la reserva de suelo que la Generalitat tramitó entre 2004 y 2005 para preservar los terrenos que iba a ocupar el proyecto. El entonces presidente de la Generalitat, Francisco Camps, bautizó esta franja de suelo «intocable» como la «autopista de la prosperidad» que impedía cualquier actuación en este suelo preservado a través del Plan de Actuación Territorial (PAT) de Corredores de Infraestructuras, a la espera de que algún Gobierno central «resucitara» el derogado trasvase del Ebro.

Esta reserva de suelo ha impedido a 65 municipios durante diez años cualquier actuación, en una franja de terreno de 460 kilómetros de longitud desde Vinaròs (el Baix Maestrat) hasta La Romana (el Vinalopó Mitjà). Además del espacio que iba a ocupar el futuro canal del trasvase, también se reservaban 200 metros de suelo a cada lado de la hipotética conducción que debía construirse (que aumentaba hasta los 400 metros en las zonas donde se preveían balsas de regulación o elementos auxiliares del futuro trasvase).

El «David» que ha tumbado al «Goliat» del Corredor de Infraestructuras es un plan parcial de 61.488 m2 promovido por la empresa Urbacon Levante SL en Algímia d'Alfara (el Camp de Morvedre). El trasvase del Ebro previsto en el Plan Hidrológico Nacional no afectaba al terreno que se pretendía urbanizar, ubicado en la partida del Picaio de Algímia d'Alfara, que ya se consideraba suelo urbanizable en las normas subsidiarias del municipio en 1987, calificación que se mantuvo en el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de 2001. Por eso el 26 de noviembre de 2004, el Ayuntamiento de Algímia d'Alfara decidió someter a información pública el plan parcial del sector AR-6.

Pero la Generalitat reaccionó airadamente a la derogación del trasvase del Ebro (en el decreto ley del 18 de junio de 2004, que entró en vigor el 3 de julio de ese año) y decidió aprobar el bautizado como «Corredor de Infraestructuras» que se sometió a información pública el 29 de noviembre de 2004. El problema es que la Generalitat decidió aumentar la reserva de suelo del trasvase del Ebro hasta los 200 metros a cada lado de la «futura» canalización, lo que pilló de lleno al desarrollo urbanístico en Algímia d'Alfara. La empresa inició entonces un vía crucis de recursos y contenciosos-administrativos que dieron la razón a la Generalitat en todos los pasos judiciales, incluido el Tribunal Superior de Justicia de la C. Valenciana (TSJCV), hasta que llegó al Supremo.

El Alto Tribunal ha decidido ahora dar la razón a Urbacon Levante SL porque, asegura, el Corredor de Infraestructuras «carecía del fundamento legal sobre el que se hacían descansar las reservas de suelo dispuestas para la ejecución de una obra prevista [el trasvase del Ebro] en una disposición derogada». El plan parcial deberá tramitarse de nuevo ante la Conselleria de Territorio, según el Supremo.

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