La Conselleria de Gobernación y Justicia ha ampliado el inicio de la restricción del periodo de quemas agrícolas, que está vigente a partir del 18 de mayo y hasta finalizar septiembre de 2015, en lugar de iniciarse el 1 de julio como establece la Ley 3/1993, de 9 de diciembre, Forestal de la Comunitat Valenciana.

El anticipo en las fechas persigue reducir el riesgo de incendios forestales y está provocado por las anómalas temperaturas de las últimas semanas y la ausencia de precipitaciones. Pese a lo temprano de las fechas, parte de la «explosión» de vegetación provocada por las lluvias de finales de marzo da síntomas de un agostamiento prematuro que puede convertir el monte en un polvorín.

La Generalitat publicó ayer una norma, vigente entre el 18 de mayo y el 30 de septiembre, en la que se prohibe «quemar márgenes de cultivo o restos agrícolas o forestales, cañares, carrizales o matorrales, ligados a algún tipo de aprovechamiento ganadero, cinegético o de cualquier otro tipo, en terrenos forestales, colindantes o con una proximidad menor a 500 metros de aquéllos».

Restricciones

La resolución publicada en el DOCV deja en suspenso, entre el 18 de mayo y el 30 de junio, «todas las acciones o actividades contempladas en los planes locales de quemas o en las autorizaciones nominativas que contradigan lo establecido en la presente resolución». Únicamente podran ejecutarse anticipándolos a la segunda quincena de mayo y al mes de junio los planes locales de quema con regulación especial para el período comprendido entre el 1 de julio y el 30 de septiembre, siempre que se ajusten a los requisitos establecidos para la citada regulación especial.

Las negligencias en el uso del fuego son una de las principales causas de incendios forestales.