El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha anulado el acuerdo de profesorado interino de 2013, firmado por la Conselleria y CCOO, ANPE, CSIF y UGT, al estimar el recurso del Sindicat de Treballadors de l'Ensenyament del País Valencià-Intersindical Valenciana (Stepv), en el que pedía su impugnación y cuestionaba la denuncia del acuerdo de 2010, con una vigencia de cuatro años.

En la sentencia, contra la que cabe presentar recurso ordinario de casación en un plazo de diez días, la sección segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo señala la vigencia del anterior acuerdo durante cuatro cursos escolares completos y la necesaria pervivencia de éste "al menos hasta el 1 de septiembre de 2015". Además, impone el pago de costas a la administración demandada.

En un comunicado, Stepv ha destacado que el TSJCV anula el acuerdo porque le da la razón en lo relativo a la "ilegalidad de la denuncia del acuerdo anterior, el de 2010, que tenía una vigencia de cuatro años".

El tribunal no entra en el resto de cuestiones planteadas en el recurso, tales como discriminación entre interinos o retroactividad en la aplicación del acuerdo, al entender que la estimación del recurso en cuanto a la vigencia del acuerdo anterior excusa el pronunciamiento sobre los demás aspectos cuestionados por el sindicato.

Stepv, en su escrito, celebra la sentencia y da la enhorabuena a todo el colectivo de docentes interinos que han luchado durante estos años contra este acuerdo.

El sindicato exige a la Conselleria la aplicación inmediata de la sentencia, la recuperación de todo el profesorado rebaremado en 2013 como consecuencia de la aplicación del acuerdo, la reparación de los daños patrimoniales causados a los docentes rebaremados que no han podido acceder a puestos de trabajo y la no rebaremación en las oposiciones de 2015.