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Medida

El Consell de Fabra frenó el decreto que obligaba a justificar el plus de vivienda de los altos cargos

La norma establecía la publicación en el DOGV de la relación de beneficiarios y la necesidad de presentar facturas para cobrar el complemento

El Consell de Fabra frenó el decreto que obligaba a justificar el plus de vivienda de los altos cargos

El Consell de Alberto Fabra dejó dormido durante meses un decreto que le hubiera obligado a airear y a justificar el cobro del conocido como plus de la vivienda de los altos cargos, un complemento pensado para compensar a aquellos que tienen que trasladar su residencia familiar a otra «oficial» en Valencia. Del plus se beneficiaron entre otros, el propio Fabra quien al poco de aterrizar en el Palau solicitó cobrar la indemnización, con lo que vio mejorada sus retribuciones un 14% al ingresar más de 9.000 euros adicionales al año. Presidencia justificó en su inicio la percepción del plus en el hecho de que Fabra se quedaba alguna noche a dormir en hoteles, aunque más tarde el presidente alquiló una vivienda en Valencia.

La indemnización por razón de residencia fue acordada en 1995 bajo el Gobierno de Zaplana, pero de una manera tan laxa que dado pie a numerosas pillerías: directores generales que lo cobraban, pero que todos los días iban o venían en coche oficial desde su residencia familiar fuera de Valencia; otros que utilizan el plus, no para costearse el alquiler de un piso en Valencia o el hotel, sino la hipoteca de un inmueble en propiedad; y hasta alguno que cuando ni siquiera era alto cargo, ya vivía en Valencia pero que mantenía el empadronamiento para engordar su nomina. Y es que con el acuerdo del 95 es suficiente con presentar un certificado de empadronamiento para mejorar un 14% la nómina, al margen del gasto real generado. El listado de los perceptores permanecía oculto y sólo se aireaba por la insistencia de la oposición.

El PP de Alberto Fabra se comprometió en abril de 2012 en las Corts a acabar con el oscurantismo y aprobar una orden que obligara a publicar en el Diario Oficial de la Comunitat Valenciana la lista de perceptores, así como a modificar los criterios para su percepción y los controles de forma mensual. Pese al acuerdo unánime, el Consell no se dio demasiada prisa. Con todo, a finales de 2014 la Conselleria de Hacienda tenía lista la norma con todos los informes preceptivos: Abogacía de la Generalitat, Intervención General y Consell Jurídic Consultiu (CJC). En noviembre el CJC informó favorablemente, un dictamen que consta en su última memoria. La norma recogía la previsión expresa de un procedimiento para solicitar la indemnización con la exigencia de documentos acreditativos, así como su publicación en el DOGV y en la web de la Generalitat. Además, la percepción quedaba limitada a los gastos que se acreditaran aportando las facturas de hoteles o del contrato de arrendamiento y las facturas por gastos. Incluía una disposición para que todos los beneficiarios regularizaran su situación y aportaran las facturas correspondientes. Sin embargo, el proyecto quedó en el cajón y seis meses después el Consell se disolvía sin aprobarlo.

Fuentes del anterior Consell aseguraron a este diario que no había voluntad de dilatar en el tiempo la regulación y atribuyeron el retraso a la necesidad de incorporar las observaciones del CJC. En realidad, el órgano consultivo informó favorablemente y sólo pidió que se precisara el sujeto beneficiario, es decir, si el decreto afectaba a todos los altos cargos o solo a los de la administración del Consell. Emitió dictamen en noviembre de 2014 y el Consell de Fabra celebró su ultimo pleno en junio.

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