La Conselleria de Educación ha aprobado la convocatoria de ayudas al transporte escolar para el curso 2015/2016, en la que ha eliminado el apartado que prevé que la distancia de tres kilómetros para determinar a los posibles beneficiarios se mida "en línea recta".

Además, ha abierto un plazo extraordinario de diez días hábiles, a partir de mañana, para aquel alumnado que no habiendo presentado con anterioridad la solicitud se encuentre incluido entre los posibles beneficiarios debido a la presente modificación.

La orden publicada hoy en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana modifica la del 18 de junio que establecía que esa distancia debía medirse "en línea recta", después de "diferentes pronunciamientos del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana que han determinado la nulidad" de ese apartado.

La nueva regulación establece que podrá beneficiarse de estas ayudas "el alumnado de Educación Primaria y Secundaria Obligatoria cuyo domicilio habitual, debidamente acreditado, esté a una distancia igual o superior a tres kilómetros del centro educativo en que esté escolarizado siguiendo el trayecto accesible y seguro de menor distancia".

"Con carácter excepcional y previo informe motivado de la dirección territorial competente en materia de Educación se podrán tener en cuenta aquellas zonas en las que el acceso al centro docente sea dificultoso a causa de la orografía del terreno, la peligrosidad de las vías o del tiempo de acceso", según recoge la orden.

En estos casos, para poder ser beneficiario de las ayudas, el centro escolar debe ser el más próximo al domicilio habitual, siguiendo el trayecto accesible y seguro; ser el centro de adscripción de su centro educativo, o estar determinado por resolución de escolarización del director territorial.

En el caso de Educación Secundaria, se podrá optar a las ayudas si el centro de Primaria del que procede el alumno "era el que le correspondía según las circunstancias señaladas en los apartados anteriores".

Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses.