Acció Cultural del País Valencià ha criticado que la Audiencia de Valencia deje "impune" la "discriminación de los valencianohablantes" y ha considerado "inaceptable" la absolución de los policías que "detuvieron y maltrataron" al dolçainer del grupo de música Obrint Pas por hablar en valenciano.

La entidad defensora de la lengua y la cultura tacha de "inaceptable" el "poco respeto de la policía española y de la Sección Quinta de la Audiencia de Valencia por la lengua propia de los valencianos y por la teórica igualdad de todos los valencianos ante la ley y a no sufrir ningún tipo de discriminación por razón de lengua, teniendo en cuenta que hablamos de una lengua cooficial".

Ante lo que considera unos hechos graves, Acció Cultural expresa su "solidaridad" con el dolçainer Miquel Gironés, que presentó la denuncia, a quien califica de "víctima de una discriminación antidemocrática y antivalenciana", y pide a las instituciones valencianas que actúen "de forma decidida para evitar que hechos como estos se puedan volver a repetir".

El comunicado tiene lugar después de que la sección quinta de la Audiencia de Valencia haya absuelto a los dos policias nacionales acusados de un delito de detención ilegal y lesiones al dolçainer de Obrint Pas, en marzo de 2013. La sentencia, de la que ha sido ponente el presidente del tribunal, José Luis Rubido, concluye que «no se pudo demostrar cuál de las dos versiones (la de los policías o la del músico) es la real y verdadera». Por lo que «en todo caso, los acusados son agentes de la Policía Nacional que estaban de servicio y, en el ejercicio de sus funciones, están legitimados para detener».

Los magistrados dan credibilidad a la declaración de los agentes, por su condición de funcionarios públicos, en la que alegaron que «recibieron un empujón del denunciante (el músico) por lo que su actuar lo era en evitación e investigación de un supuesto delito o falta (delito leve) por lo que nada irregular se advierte ni se prueba del actuar por parte de los acusados». La sala concluye, respecto al delito de detención ilegal, que el arresto del músico «duró apenas unas horas, fue puesto en libertad el mismo día, por lo que el delito no está probado ni acreditado en autos de las pruebas del juicio oral».

Tampoco las lesiones (una contusión en la mandíbula) que denunció el músico se consideran probadas para el tribunal. «No se pueden corroborar dado el tiempo que tardó en asistir al médico (24 horas) e interponer la denuncia por este hecho agresivo». Los magistrados incluso muestran su «extrañeza» por el hecho de que el músico «no pidiera que lo llevaran al médico, si fuera cierta su versión sobre la agresión en la cara». Una actitud que el tribunal ve «justificable» por el «nerviosismo» que alegó el «dolçainer». Aunque no en el caso de su letrado. «Es verdaderamente sorprendente -se asegura en la sentencia- que el profesional del derecho no le aconsejara debida, cuando estaba detenido en Comisaría y en los momentos posteriores, para asegurar o probar las lesiones padecidas en un momento concreto y determinado».