La sección cuarta de la Audiencia de Valencia ha confirmado en dos autos la decisión del juzgado de Instrucción número 18 de la ciudad de sobreseer las denuncias interpuestas en su día por la Red Española de Inmigración y el Colectivo Lambda contra el cardenal arzobispo Antonio Cañizares sobre refugiados, el «imperio gay» y la ideología de género al considerar que sus frases son «una simple manifestación de la libertad de expresión y de comunicación de ideas sobre temas que forman parte del debate público».

Así la sala reproduce sus argumentos en ambas resoluciones, en las que considera que ninguna de las frases pronunciadas por el prelado «ni por sí solas ni en su conjunto» pueden ser consideradas como constitutivas de un delito de incitación al odio o la violencia ni de cualquier otro recogido en el Código Penal.

La sala explica que ha analizado las frases «desde la primera perspectiva de la literalidad», al haber sido entresacadas de escritos, homilías o discursos no aportados, y de ellas ha extraído el «sentido y alcance perseguido por el autor». Además, recalca que la conducta de incitación al odio entraña una «especial dificultad» probatoria porque «no es más que un estado de ánimo».

Tras conocer el auto, la Red Española de Inmigración ha expresado su desacuerdo y, de hecho, ha criticado que los magistrados «han olvidado su papel de garantes de la neutralidad» y habían adoptado «una parte del todo defensiva y defensora de la persona del cardenal Cañizares».

Desde la agrupación criticaron también el tiempo «récord» en el que la sala había puesto fin al procedimiento. Los magistrados «han adoptado la postura de abogado defensor del acusado», aseguraron.