La jueza del «Caso Blasco» se niega a investigar el uso de un ordenador por parte del empresario Augusto César Tauroni, en prisión por el desvío de las ayudas a la Cooperación junto al exconseller, Rafael Blasco, según un auto que acaba de facilitar el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).

La Fiscalía Anticorrupción había solicitado que la Brigada de Investigación Tecnológica de la Policía rastreara el ordenador, requisado por el Centro Penitenciario de Picassent, por si el empresario había utilizado el dispositivo para «realizar operaciones encaminadas a ocultar su patrimonio» y que se comprobara «las webs que consultó, las cuentas de correo que abrió y si utilizó este medio para ocultar su patrimonio o el de otras personas».

Sin embargo, la titular del Juzgado de Instrucción 21 de Valencia, Nieves Molina, considera que no le compete a ella investigar estos hechos porque, justifica, «los delitos han de investigarse en una misma causa sólo cuando resulte conveniente para el esclarecimiento de los hechos y cuando no suponga excesiva complejidad o dilación en la instrucción». La magistrada justifica que «la instrucción de las dos piezas del Caso Blasco está a punto de concluir», por lo que «la investigación en este procedimiento de la posible comisión de un nuevo delito por parte de Tauroni dilataría innecesariamente la finalización del presente procedimiento», señala el auto.

Entre los argumentos que alega la titular del Juzgado de Instrucción 21 está la de «la diferencia temporal relevante entre la comisión de los delitos» que investiga en las dos piezas separadas del Caso Blasco, cometidos entre 2009 y 2011, y el acceso prohibido a internet del empresario, cometido el pasado verano.

Y añade que «para el esclarecimiento de los delitos económicos por los que se sigue el presente procedimiento (malversación de caudales públicos y fraude de subvenciones) no resultan relevantes ni de interés las diligencias de investigación que puedan practicarse para la investigación de la hipotética comisión de un delito de autoblanqueo de capitales o de alzamiento de bienes».

Aunque en la misma resolución insta a la Fiscalía Anticorrupción a presentar denuncia ante un juzgado de Picassent «por ser el partido judicial del lugar donde ocurrieron» los hechos, Unos pasos que »no obstaculizaría la adopción de las medidas cautelares necesarias para que el empresario no eluda el pago de los 2,6 millones de euros a los que fue condenado en concepto de responsabilidad civil por el desvío de las ayudas a la Cooperación».