Las razones de la Abogacía no son políticas, sino jurídicas. Así, la abogada coordinadora que firma el documento argumenta que los requisitos de acceso para ser funcionario (y en concreto, el de conocimiento del valenciano que se recoge en el artículo 61 del proyecto de ley) están afectados por la reserva de ley consagrada en la Constitución.

Esto significa que existen cuestiones que afectan al corazón del estatuto de los funcionarios que no pueden delegarse ya que corresponde al legislador abordarlas. Y cita doctrina para remarcar que las leyes pueden hacer remisiones a normas reglamentarias, pero sin que tales remisiones hagan posible una regulación independiente. Sería, subrayan citando sentencias del Constitucional, una suerte de abdicación del legislador.

Esta reflexión jurídica tiene una traslación clara en la futura ley de Empleo Público y podría acarrear consecuencias en el acuerdo alcanzado entre la consellera de Justicia y Administraciones Públicas, Gabriela Bravo, y el conseller de Educación, Vicent Marzà.

Este pacto logró salvar las profundas diferencias entre los socios de gobierno (y los sindicatos) en torno al alcance de la implantación del requisito. Inicialmente, Bravo trató de salvar los obstáculos (la ley supone un cambio de concepto en la función publica valenciana que va más allá de la lengua) con una redacción ambigua, en la que el valenciano aparecía en el apartado de requisito de acceso, pero la concreción del nivel exigido y a qué puestos se trasladaba a un futuro reglamento.

Sectores de Compromís y entidades con un fuerte compromiso con la implantación del valenciano como Intersindical, se movilizaron en contra y lograron parar la ley. Bravo y Marzà se sentaron para desatascar el conflicto y la solución vino con una nueva redacción que garantizaba la implantación del requisito en las ofertas de empleo público de 2019.

Medio año para el reglamento

En concreto, el texto acordado mantenía que el detalle del nivel de exigencia del valenciano se determinaría en un reglamento, pero se acortaba a medio año el plazo para aprobarlo.

Compromís logró también introducir una cláusula de seguridad: una disposición que establece que si un año después de la aprobación de la ley no había acuerdo, regiría los niveles de mitjà, elemental y oral según los grupos altos/medios y bajos de la Generalitat. También se recogía una suerte de excepción para el personal sanitario en casos de necesidad. El acuerdo convenció a medias a CC OO y UGT que, con todo, confiaban en suavizar la exigencia de la competencia lingüística vía reglamento.

El informe de la Abogacía da un giro a esta situación ya que obliga a la Generalitat a que, desde el principio, baje al detalle sobre cómo, a quien y de qué manera los aspirantes a una plaza pública deben acreditar su conocimiento del valenciano. En principio, la disposición preventiva podría ser incluida en el articulado, pero el difícil equilibrio que consiguieron Bravo y Marzà puede saltar por los aires. Además, algunas fuentes apuntan que la excepción prevista para sanidad ofrece muchas dudas legales y podría dar pie a recursos por inconstitucional.