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Sector público

El Consell regularizará al personal a dedo del sector público y sólo hará oposiciones para contratos nuevos

La nueva ley aprueba la integración de los actuales empleados de empresas y fundaciones en la Generalitat sin presentarse a pruebas selectivas - Permitirá al laboral fijo seguir hasta la jubilación

Un grupo de aspirantes a funcionarios esperan al examen de las oposiciones, en 2016. germán caballero

No es una ley de punto final, pero en la práctica lo acabará siendo, al menos para los más de 2.600 empleados del sector público de la Generalitat que tienen la condición de laborales fijos o temporales aunque nunca pasaron por un proceso selectivo. Son los contratados «a dedo», mayoritariamente en la etapa de gobierno del PP (enchufados, según la terminología de la izquierda cuando estaba en la oposición) y que, pese al cambio de Gobierno, lograrán consolidar su situación, según se desprende del anteproyecto de ley reguladora del sector público instrumental de la Generalitat, a cuyo borrador ha tenido acceso Levante-EMV.

La norma, que lleva meses elaborándose en los depachos de la Conselleria de Hacienda, nace con la vocación de ordenar un apéndice de la Administración que acabó siendo un «coladero» de amigos y conocidos del PP y cuya gestión abrió un boquete descomunal en las arcas autonómicas. De ahí que la norma establezca nuevas reglas que buscan impedir estas prácticas en el futuro, como es la implantación, con carácter general, del concurso-oposición para contratar al futuro personal o bolsas para temporales. Ahora bien, el texto no contempla que los empleados de organismos, empresas o fundaciones que en su día entraron «a dedo» tengan que presentarse a pruebas selectivas para conservar su puesto. Esta previsión sí figuró en la primera ley de racionalización del sector público que aprobó el Consell de Alberto Fabra. Recogía una disposición adicional para regularizar situaciones derivadas del proceso de reestructuración que preveía la realización de pruebas selectivas para quienes habían accedido a dedo. En el plazo de un año esas plazas debían salir a oferta. La cláusula, sin embargo, no llegó a activarse y en diciembre de 2015, el Consell la suprimió a través de una enmienda al presupuesto pactada «de tapadillo» con la oposición. En lugar de exámenes, este personal quedó en la condición «a extinguir».

La nueva ley no recupera esta cláusula, sino una serie de disposiciones que suponen un respiro para un colectivo que, en la práctica, podrá continuar en su puesto de trabajo hasta la jubilación con independencia del futuro de su entidad. Así, las disposiciones establecen qué ocurrirá con el personal laboral fijo propio de entidades de derecho público, fundaciones o mercantiles en caso de transformación o fusión de entidades. El punto de partida es que este personal conservará la naturaleza jurídica de su vínculo a la entrada en vigor de la ley.

Solo en el apartado de los organismos públicos, la ley distingue entre personal que pasó procesos de selección y el que no, y abre la puerta a que, incluso los segundos, puedan adquirir la condición de empleados públicos si el puesto quedara integrado en la Generalitat. Con todo, es en lo tocante al laboral propio de mercantiles y fundaciones donde más se evidencia la generosidad con unos trabajadores que, o bien entraron a dedo, o bien pasaron pruebas selectivas mucho más livianas que las que rigen para una plaza de funcionario.

Así, este personal se podrá incorporar a la Generalitat con la condición «a extinguir» en el caso de transformación de la entidad o fusión. La ley deja claro que no tendrán la condición de empleado público, aunque sus puestos se incorporen a la plantilla. Estos puestos se declararán «amortizables», lo que implica que no saldrán a concurso y su ocupante permanecerá en él hasta la jubilación. Ahora bien, el borrador es contradictorio porque une dos situaciones incompatibles: plazas amortizables ocupadas con personal «a extinguir» con la posible cobertura de la plaza con procesos selectivos.

Se prevé también la integración del personal laboral temporal con su misma condición salvo que el puesto sea objeto de amortización.

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