El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha desestimado la petición de Ribera Salud, concesionaria del Hospital de Alzira, para suspender por la vía de urgencia las normas aprobadas por la Conselleria de Sanidad de la Generalitat para recuperar la gestión del departamento de salud, al considerar que no existen "circunstancias de especial urgencia".

Así lo ha decidido en un auto la sección quinta de la sala de lo contencioso-administrativo del TSJCV, que tramita el recurso interpuesto por la Unión Temporal de Empresas (UTE) Ribera Salud II contra las normas aprobadas por la Conselleria de Sanidad para revertir a la gestión pública la concesión del departamento de salud y del hospital, que expira en marzo del próximo año.

En la resolución, facilitada por el TSJCV, la sala considera que no existen "circunstancias de especial urgencia" ni daños irreversibles que justifiquen una medida tan excepcional como la suspensión del acto administrativo sin escuchar a la administración demandada.

El tribunal rechaza así la suspensión de dichas normas como medida cautelarísima que había solicitado la empresa recurrente, alegando "gravísimos e inminentes daños" para reclamar que la decisión de Sanidad se suspendiera en un plazo máximo de dos días y sin escuchar a la Abogacía de la Generalitat.

En su auto, la sala explica que en este caso la parte recurrente estima de aplicación este precepto, aunque a su juicio no se aprecian de sus alegaciones en relación con la naturaleza del acto administrativo objeto de impugnación "la concurrencia de condiciones que hagan aconsejable tal medida cuya naturaleza excepcional nace del propio hecho de la adopción de la medida inaudita parte, por lo que debe reservarse para casos en los que la urgencia se derive de la naturaleza del acto, de la irreversibilidad de la situación y de la urgencia implícita en todas estas características, circunstancias que no son de apreciar en el presente caso".

Por tal motivo, el TSJCV acuerda tramitar por la vía ordinaria la petición de suspensión cautelar de la resolución administrativa mientras se resuelve el fondo del asunto. Contra esta decisión, Ribera Salud puede interponer un recurso en el plazo de cinco días.