El apellido del padre dejará de tener preferencia, aunque se desconoce cuándo entrará en vigor la medida, ya que el Ministerio de Justicia ha retrasado su implantación, según informaron ayer fuentes de ese departamento a Levante-EMV.

Con todo, su llegada es inminente, y el orden de los apellidos deberá consensuarse en familia para que conste en la solicitud de inscripción del recién nacido. Así lo marca la reforma del Código Civil prevista para el 30 de junio y ahora demorada.

Sin embargo, desde el año 2000 se permite inscribir al niño con el apellido de la madre en primer lugar con tan solo un requisito: que la madre esté presente a la hora de registrar al bebé. De hecho, el año pasado se inscribieron con el apellido materno en primer lugar un total de 276 niños (88 en Alicante, 38 en Castelló y 150 en València). En 2015 fueron 245 y en 2016, 261. En los últimos tres años la cifra asciende a 782.

La reforma del Código Civil, sin embargo, facilita ahora este trámite pero, sobre todo, abre un debate en la familia. La tradición pasa a la historia para que la elección libre sea un hecho. Padre y madre deciden el orden. Eso sí, en caso contrario -si no hay consenso ni orden de apellidos establecido en la solicitud de inscripción y han pasado tres días desde el nacimiento del menor- será el funcionario de turno quien decida qué apellido va primero.

El empleado público deberá «atender al interés superior del menor» y contará con algunos recursos para establecer la colocación de los apellidos: el orden alfabético, por sorteo o por estética, es decir, eligiendo la combinación de apellidos que suene mejor. A su criterio.

Para la abogada de familia, Paula Grau, la única diferencia que marca la reforma del Código Civil es «que la madre ya no está obligada a acudir al registro en persona para que sea su apellido el que vaya delante. Los padres registran a los niños porque así se reconoce la filiación paterna», indica la letrada.

«Hay un plazo de tres días para inscribir al bebé, pero las mujeres, recién paridas, deben acudir al registro si lo que desea la familia es que el apellido materno vaya primero. A partir de la entrada en vigor de la reforma, ya no será así. Se avanza en igualdad», explica la abogada.

La norma establece, además, que el orden de los apellidos debe ser el mismo para todos los hermanos. Cuando el menor cumpla 18 años podrá cambiar el orden, si lo desea. Pero no pueden existir, a priori, hermanos con los apellidos en disposiciones diferentes.

En otros países

Para la presidenta de la Federació de Dones Progressistes, Amalia Alba, la reforma del Código Civil es «un avance importante en igualdad porque se cuestiona una herencia del patriarcado que muchas familias no se planteaban. Hasta ahora. ¿Por qué debe ir delante el apellido del padre? Si lo eligen los dos, estupendo. Pero se abre debate y la igualdad gana terreno».

El caso de España diverge respecto a otros países, tanto los vecinos comunitarios, como los de ultramar. Aquí se conservan los dos apellidos de los pregenitores, algo que no ocurre en otros países como Estados Unidos, Reino Unido o Italia donde solo se registra el menor con el apellido del padre. El de la madre directamente pasa a la historia en estos lugares.