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La Abogacía escapa a la Ley de Transparencia

El departamento de Alcaraz exigía publicidad en todos los informes pero la norma se ha rebajado y el propio órgano decidirá qué documentos se airean

La Abogacía escapa a la Ley de Transparencia

La Abogacía de la Generalitat ha ganado su particular litigio con la Conselleria de Transparencia y finalmente escapará de la obligación de airear sus informes jurídicos. La publicación de los mismos será «a criterio» de la propia Abogacía, según ha acabado aceptando el departamento que dirige Manuel Alcaraz que, en aras, de sacar adelante el reglamento que desarrolla la Ley de Transparencia se ha visto obligado a hacer varias cesiones. Una de las de mayor calado es precisamente la que tiene que ver con la difusión pública de los informes jurídicos de la Generalitat.

la obligación de «publicar todos los informes que emita la Abogacía General de la Generalitat que supongan una interpretación de Derecho, tengan efectos jurídicos o que se incorporen como motivación a una decisión final». Este redactado suponía en la práctica que el grueso de los trabajos jurídicos debían hacerse públicos en el portal de transparencia de la Generalitat.

El órgano de control alegó en contra del decreto al entender que la publicidad sin restricción podría ser lesiva para sus intereses. Entre otras cuestiones, argumentó que podría generar «graves distorsiones y contrasentidos», como por ejemplo, revelar estrategias jurídicas o argumentos en pleitos de la Administración.

La tesis de la Abogacía fue respaldada por el Consell de Transparencia que en su informe al citado reglamento instó a la conselleria a tomar en consideración la opinión del cuerpo de letrados y letradas.

Transparencia ha acabado aceptando estas alegaciones, de tal manera que el texto que será sometido a la aprobación del Consell recoge que se publicarán los citados informes «a criterio de la Abogacía General de la Generalitat», según consta en un informe emitido por la subsecretaria. Es decir, el órgano de control se reserva el derecho a decidir que documentos hace o no públicos.

El reglamento que desarrolla la ley de Transparencia es uno de los proyectos claves del departamento que dirige Alcaraz ya que pone letra pequeña a las obligaciones genéricas recogidas en una ley heredada de la etapa popular, pero que tuvo que aplicar el nuevo Ejecutivo. El conseller Alcaraz se ha manifestado en varias ocasiones a favor de dar una vuelta de tuerca a una ley que considera que se queda corta.

Pero en este asunto, no existe unanimidad en el Consell. La aplicación de la ley popular ya levantó suspicacias entre algunos altos cargos (fundamentalmente, en lo referente a la información sobre sus bienes y patrimonio) y el reglamento lleva camino de ser otra fuente de conflictos internos.

Varias conselleries han puesto pegas a las exigencias de la norma ya que consideran que la falta de medios personales y económicos hará muy complicado cumplir con el mismo. Prácticamente, todos los departamentos han presentado alegaciones. El departamento de Sanidad, por ejemplo, ha sido especialmente crítico en sus observaciones e insiste en que todo el personal y medios que dispone está ocupado cien por cien en atender las competencias de su departamento.

Junto a las quejas por la falta de recursos para cumplir con el decreto, también se reprocha al departamento que dirige Alcaraz que las innovaciones en el apartado de publicidad activa van más allá de lo que marca la ley.

Limitación a las actas

Así, por ejemplo, desde la vicepresidencia del Consell se cuestiona la obligación de publicar todas la actas de los acuerdos plenarios, ya que se entiende que algunas cuestiones pueden afectar a la confidencialidad de los datos.

Así, la Conselleria de Transparencia ha tenido que peinar concienzudamente el articulado y ceder en algunas cuestiones. Así, junto con las restricciones a los informes jurídicos, ha acabado aceptando que no todos los actos de la Intervención de la Generalitat pueden ser públicos.

El expediente de tramitación del decreto ya posee casi una veintena de informes y ahora debe aprobarlo el Consell Jurídic Consultiu. Después el Consell también deberá someterlo a consideración.

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