El Tribunal Supremo eximió al exconseller Rafael Blasco de haberse beneficiado directamentedel desvío de las ayudas a Nicaragua en el primer juicio. «Se ha dispuesto de fondos destinados a subvenciones para fines sociales, en inversiones privadas. Y eso se ha hecho con la concurrencia protagonista del recurrente [Rafael Blasco] que adjudicó los fondos, aunque no lo hiciese en beneficio propio sino de otros», señaló el Supremo el 10 de junio de 2015. Para el Supremo «es malversación tanto la sustracción como consentir que otro sustraiga». En los escritos presentados ayer, las dos acusaciones imputan a Blasco la recepción de sobres con dinero que supuestamente le entregaban los miembros de la trama.