El Juzgado de lo Contencioso nº 5 de València ha reconocido el derecho de una mujer, monitora de la Escola d'Estiu de la UPV, a formar parte del proyecto educativo pese a estar embarazada, algo que en el verano de 2016 no sucedió debido a que la universidad descartó contratarla porque se encontraba en estado de gestación.

Ahora, la sentencia anula la resolución del rector de la UPV, que no contó con la mujer después de que los servicios médicos de la universidad elaborasen un informe en el que advertían que, cuando la joven tuviese que participan en la Escola d'Estiu, estaría embarazada de 7 meses y su actividad podía suponer un riesgo para el feto.

La mujer recurrió esta decisión y el juzgado entiende que "no es conforme a derecho" y "vulnera el principio de igualdad", al tiempo que considera que el informe médico en el que se fundamentó la UPV para desistir incluir a la monitora en la Escola d'Estiu 2016 "contiene deficiencias".

Asimismo, el tribunal cree que, por el "sucesivo tracto de relaciones laborales" entre la mujer y la universidad, "difícilmente" puede pensarse "que se buscara una situación de nombramiento y tramitación de baja por riesgo de embarazo sin llegar a prestar de forma efectiva los servicios profesionales".

El juzgado ordena, además, que la mujer sea "repuesta de todos los efectos económicos y adminitrativos" que le hubiera supuesto formar parte del proyecto de la Escola d'Estiu 2016 de la UPV, entre ellos el dinero que debería haber percibido por su trabajo. Por eso, en el fallo se condena a la UPV "al pago de la suma que le hubiera correspondido" cobrar el pasado verano.