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Todos los Santos

A la tumba con todo bien atado... y firmado ante notario

Si no existe testamento, será la Ley la que determine la persona a la que le corresponde heredar

A la tumba con todo bien atado... y firmado ante notario M.A.Montesinos

Cada vez son más los valencianos que se aseguran de que cuando cierren los ojos por última vez, el reparto de sus posesiones se hará tal y como ellos desean. El pasado año fueron 72.524 los valencianos que acudieron a una notaría para hacer testamento, un trámite sencillo y barato que ahorra engorrosos trámites a sus seres queridos. Desde 2009 la cifra no cesa de crecer. Siete años después se ha incrementado en más de 10.000 personas, según los datos que obran en poder del Consejo General del Notariado, y que ya prácticamente aseguran que también en este ejercicio se mantendrá la tónica tras rubricarse 37.638 documentos en su primera mitad.

A quien deja este mundo poco pueden importarle ya las cosas terrenales, pero si guarda algún aprecio por quienes se quedan aquí, irá al notario para poner por escrito cómo debe acometerse el reparto de sus bienes. No porque en caso de no hacerlo los herederos pierdan lo que les toca, que ya se encarga la ley de fijar mínimos inviolables, sino por ahorrarles tiempo y dinero.

No dejarlo hecho "es más caro", señala el decano del Ilustre Colegio Notarial de las Islas Canarias, Alfonso Caballé. Además, la inexistencia de testamento implica tener que solicitar una declaración de herederos. Solo de ese modo se podrá determinar cómo distribuir los bienes del fallecido. Por tanto, el camino, aparte de más oneroso, se torna más largo. Eso a pesar de que desde hace ya años también las notarías se encargan de hacer esos documentos, porque "antes solo podían obtenerse en los juzgados", apunta el decano, y ya se sabe que si las cosas de palacio van despacio, en el de justicia en ocasiones los trámites evolucionan en curvas susceptibles de adoptar en cualquier momento forma circular.

Los últimos retrocesos

Por eso, a juicio de Caballé, resulta "mucho más práctico" tomarse el tiempo de acudir a una notaría para hallar asesoramiento y evitar en vida problemas que después habrán de arreglar otros. No obstante, como ocurre con todo gasto, también este se vio relegado en el inicio de la crisis económica. Los años 2008 y 2009 fueron los últimos en los que se produjeron retrocesos, de 68.758 en 2007 a 65.545 en el siguiente ejercicio, una caída de casi un 5 %.

Lo que quienes aún respiran -que sea por muchos años- deben tener claro es que tan solo dando fe ante el notario de las postreras voluntades podrán determinar que el reparto se hace conforme a sus deseos, "que no tiene por qué coincidir con lo que dice la ley", explica el decano de la organización colegial del Archipiélago. No quiere con ello decir que acudir a su despacho o al de alguno de sus colegas permita regatear el marco normativo, sino que no hacerlo conlleva la aplicación de una normativa "genérica" que, en realidad, se gestó pensando en la existencia de testamento.

¿Cuáles son los límites que no pueden superarse a la hora de determinar el reparto?

Vienen definidos por la denominada como 'legítima', una figura que divide en tercios el pastel. El primero de ellos es el que tienen asegurado los descendientes. El segundo es el de mejora, el que permite al testador dar mayor o menor cantidad a unos u otros herederos. Esto solo se podrá hacer si existe un testamento ya que, de lo contrario, la distribución de esta parte también responderá de manera obligada a la equidad aritmética.

Por último, queda un tercio de libre disposición, la única parte que puede dar lugar a auténticas sorpresas y asemejar la lectura de un testamento al contenido de una película. Ni que decir tiene que si ya el capítulo anterior dependía de la existencia de un documento de últimas voluntades, este también.

Queda dicho que el proceso para el reparto de la herencia es más caro si no se ha cubierto el trámite de fijar en vida cómo han de ser las cosas después de muerto, pero es que, además, España es, "posiblemente, el país con los testamentos más baratos", expone Alfonso Caballé. En euros, el precio medio de "un testamento normal" se sitúa entre los 30 y los 40 euros. ¿Y qué es un testamento normal? Lo son la inmensa mayoría. "Hombre si es un libro", expone el decano canario recurriendo a una hipérbole entendible, "es evidente que costará algo más". En cualquier caso, lo que sí sostiene con rotundidad es que la cantidad abonada "no cubre los gastos de custodia", porque tampoco existe "una compañía en la tierra" que guarde un documento durante decenas y hasta cientos de años.

Luego está la vertiente emotiva, que también tiene cabida en el texto que se fija ante el notario. "Se pueden fijar cuestiones referentes a cómo desea uno que se celebre su propio entierro o recoger manifestaciones de otro tipo", señala Alfonso Caballé en referencia a las muestras de cariño o todo lo contrario que quieran dejarse por escrito. En torno a las últimas, las negativas, no pueden, en principio, llegar hasta esa acción también recurrente en la realidad paralela del cine en la que un padre deshereda a un hijo.

"Es posible", detalla el Consejo General del Notariado, pero "por causas graves", matiza el decano del colegio canario. Ente los más comunes de estos se cuenta "haber negado el alimento" al progenitor o haberle infligido malos tratos "psíquicos o físicos".

Otra de las cuestiones que pueden acometerse en el momento de dictar testamento es el nombramiento de un "albacea contador", apunta Caballé. Dicha persona será la encargada de determinar qué le toca a cada uno de los herederos si son incapaces de hallar un acuerdo sin esa colaboración externa. Es una manera de apartar la vertiente emocional en un momento duro. Es otra persona la que decide de qué manera se acomete la división de los tercios que son opinables, con lo que no hay posibilidad de discutir y se logran evitar hasta indeseados procesos judiciales civiles para determinar quién recibirá parte de patrimonio del fallecido.

¿Qué es necesario para hacer testamento?

"Es muy fácil, basta con acudir al notario con el carné de identidad", señala el consejo, organismo que también apunta a que estos profesionales se encargarán de "informar y asesorar al testador para adecuar su voluntad a la ley". A este respecto, el decano de los notarios del Archipiélago detalla que se trata de dirigirse a la notaría "sin prisa", con la seguridad de que allí se va a conseguir dar forma a los deseos en un documento final de su plena satisfacción.

Los notarios tienen la función en este caso de asesores y consejeros. Por un lado, explican a los clientes los límites que están obligados a respetar para no traspasar la legalidad y, por otro, dan forma al documento para que se parezca lo más posible a sus intenciones.

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