Su vida cambió hace seis años. En 2012, Amparo Salcedo tenía 63 años y llevaba más de veinte trabajando como administrativa en el Hospital La Fe. Su vinculación con el mundo sanitario era laboral. Solo acudía, una vez al año, a un control de la tensión.

En uno de esos controles anuales le cambiaron una medicación que le provocaba diarreas y ante la sospecha de un cuadro de irritación de colon le indicaron la realización de un TAC abdomino-pélvico con contraste. La prueba fue el 17 de febrero de 2012 y Amparo Salcedo, a día de hoy, se sigue arrepintiendo porque ese TAC supuso un antes y un después en su vida.

La prueba no se realizó bien. Hubo una «extravasación del líquido de contraste yodado» y así consta en los diferentes informes médicos, incluido el de urgencias de ese mismo día, ya que la mujer fue atendida a las dos horas en el mismo hospital por la hinchazón y el dolor en el brazo. Ante el error en la prueba, y el trasvase del líquido, el protocolo marca que hay que realizar un drenaje para que el líquido no se extienda.

A Amparo, sin embargo, la mandaron a casa con antiinflamatorios. Cuando volvió a urgencias dos días después ya no se le podía hacer drenaje alguno.

Seis años después, Amparo no se vale por sí misma. Tiene párkinson,. Amparo Salcedo tiene razón y así se lo ha dicho el juez. Hubo un error, una mala praxis, o como se señala en la jurisprudencia contencioso-administrativa, un «lex artis», es decir, que las actuaciones realizadas a esta paciente «no se ajustaron a los conocimientos o técnicas científicamente correctas». Y así consta en la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, que la indemnizó con 10.000 euros. En tratamientos, peritos, informes médicos, abogados, procuradores y tasas, la mujer se ha gastado 9.000 euros en una batalla judicial que ha ganado y que le sabe a poco.

«Me han fastidiado la vida. Me han dejado inútil cuando yo estaba sana. Hubo un fallo médico, un error en la ejecución del TAC... Y me convertí en el enemigo. En lugar de ayudarme y ponérmelo fácil, fueron a por mí. No somos cobayas, somos personas. Yo entiendo un error, un fallo en el protocolo... Todos nos podemos equivocar. Pero cuando hay un fallo hay que admitirlo y asumir la culpa, además de encargarse de que esa persona no sufra más. No admiten recurso, no admiten alegaciones... Vas a juicio porque sabes que tienes razón, porque eras una persona sana y ya no... Y sí, me dan la razón y me indemnizan con 10.000 euros que ya me he gastado en el proceso. Si esto es justicia... Cuando existe una mala praxis de la Administración lo lógico sería ayudar a esa persona, pero no, te convierten en el enemigo y van a por ti. Encima...», explica Amparo, indignada.

Probar la causa-efecto

Y es que Amparo suma toda una vida de trabajo en los hospitales. Por ello, cuando se produjo la intoxicación por la trasvasación de contraste tardó más de un año en presentar un recurso, que la Administración rechazó. Luego presentó alegaciones, y tampoco tuvo resolución favorable.

Y acudió al juzgado convencida de que sus lesiones son tan evidentes que no había lugar a dudas. Pero las había. Y es que según consta en la sentencia «la Administración demandada alega la corrección de la asistencia dispensada a la recurrente» por lo que solicitó la desestimación del recurso «por falta de acreditamiento de relación causal entre la asistencia dispensada y los daños por los que reclama la indemnización».

«Es decir, que soy yo la que debo demostrar que existe una causa efecto en lo que me pasó. ¡Yo! O cualquier paciente... Estamos indefensos y necesitamos algo más que un servicio de 'atención al paciente', que es puro paripé, porque cuando denuncias en el juzgado la Administración despliega sus armas. Pagaría por recuperar la salud que tenía antes del 17 de febrero de 2012», asegura la mujer.

El juez admite mala praxis en varios puntos como «la incorrecta actuación en la realización del TAC con extravasación del contrate yodado; omisión de consentimiento informando de tal riesgo; y omisión de drenaje alguno y/o intento de extraer la mayor cantidad posible de contraste extravasado».

Sin embargo, limita la indemnización a 10.000 euros -Amparo pidió 2.000 euros en un principio, que luego aumentó hasta los 31.887 euros, al ver cómo empeoraba su estado de salud- por «la omisión del deber de información al paciente y por la dolencia y sufrimiento en su brazo derecho».