La decisión del Ministerio de Hacienda de frenar la economía sumergida en el alquiler viviendas de uso turístico ya tiene fecha y fórmula.A partir del próximo mes de enero

, las plataformas que intermedian en la comercialización de estas viviendas particulares tendrán que informar del nombre del titular de los pisos que oferten, la dirección completa del inmueble, el número de días que se alquila la propiedad y el importe percibido por el dueño.

Esta nueva obligación de información forma parte de las medidas de prevención del fraude fiscal para las personas o entidades (básicamente las web tipo Airbnb que intermedian en la cesión de uso de vivienda con fines turísticos.

El fraude fiscal es uno de los principales argumentos de la industria hotelera a la hora de denunciar la «competencia desleal» de esta actividad. Para las administraciones autonómicas y municipales, además, este nuevo escenario abre la puerta a un control más efectivo de la oferta que no cumple las normas urbanísticas. Entienden que, al disponer de esta información, serán más ágiles y efectivos para controlar las propiedades.

El ministerio hizo público ayer el formato del modelo 179, que tendrán que rellenar las plataformas digitales para cada propiedad. La medida entra hoy en vigor, pero lo hace con carácter retroactivo, de modo que las web tendrán que informar de todos los alquileres que hayan gestionado desde este pasado 1 de enero de 2018.

Aunque estaba previsto que Hacienda obligara desde después del verano a aportar esta información fiscal, el ministerio ha decidido dar algo más de margen a las plataformas para prepararse. Así, la información fiscal de todo el ejercicio 2018 tendrá que entregarse durante el mes de enero de 2019.

A partir del próximo año la información se declarará cada trimestre, concretamente durante el mes posterior a la finalización de cada trimestre.

En las conversaciones entre la Administración y las multinacionales tecnológicas que prestan estos servicios, las empresas, sin llegar a negarse, han trasladado la dificultad para recabar esta información. Hacienda les da así unos meses más para procesarla.

Como en todas las declaraciones informativas, la ley tributaria contempla sanciones por incumplimiento de las obligaciones. En el caso de que la Agencia Tributaria envíe un requerimiento por no haber presentado la declaración, se exponen a una sanción máxima de 600.000 euros.

Con esta medida, la Administración tributaria pretende terminar de estrechar el cerco al fraude fiscal tras varios años en los que ha realizado campaña informativas. En los años 2016 y 2017 la Agencia Tributaria ha remitido avisos fiscales a los contribuyentes con la consideración de presuntos arrendadores, como los que habían anunciado el alquiler de un inmueble en plataformas de internet.

Dos años de «avisos» de Montoro

«De acuerdo con los datos de que dispone la AEAT usted ha realizado anuncios de alquiler de inmuebles en diferentes medios publicitarios, incluido Internet. Le recordamos que, en caso de haber percibido rentas por alquiler, deben de incluirse en la declaración, así como cualquier tipo de renta por la que deba tributar y no conste en los datos fiscales», reza la advertencia.

Fruto de estos avisos, lanzados a un colectivo moderadamente pequeño (136.600 avisos en 2017), en la última declaración de la renta se produjo un incremento del 40,5 % en declaración de ingresos íntegros del capital inmobiliario, comparándolos con el último ejercicio sin avisos.

El importe declarado solo por esos 136.000 contribuyentes advertidos se disparó hasta los 522 millones en total. Hacienda achaca el afloramiento de esos ingresos al efecto inducido de los avisos.