La Unión de Consumidores de la Comunitat Valenciana presentó una denuncia ayer contra Ryanair por la nueva política de tarifas de la compañía por la que a partir del 1 de noviembre comenzarán a cobrar el equipaje de mano de un máximo de 10 kilos que hasta ahora era gratuito.

Consideran que se trata de una medida "desproporcionada" que vulnera tanto la Ley de Navegación Aérea como el Estatuto de Consumidores y Usuarios.

Las nuevas tarifas de la compañía entrarán en vigor en noviembre y permitirán a los pasajeros llevar una «pequeña bolsa personal» a bordo, que podrán colocar bajo el asiento de delante, como se hacía hasta ahora además de la maleta de mano.

A partir de otoño solo los clientes que adquieran su billete como "priority" podrán transportar también una maleta de hasta diez kilos, según anunció Ryanair la semana pasada.

En la denuncia, presentada ante la división de Calidad y Protección al Usuario de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, la UCCV advierte que los pasajeros con billete básico deberán abonar entre seis y 25 euros adicionales al coste del vuelo para viajar con equipaje de mano y subir dos bultos a bordo del avión. De no hacerlo, solo podrán llevar consigo una bolsa pequeña que quepa debajo del asiento delantero.

Para la organización, con esta política, "Ryanair limita, por un lado, el equipaje de mano, objetos y bultos que un pasajero puede llevar en cabina, y establece un coste adicional para aquellos pasajeros que quieran aumentar en uno o más el número de bultos que quieren transportar».

Desde la Unión de Consumidores también denunciaron que la modificación de tarifas implica una «clara vulneración» del artículo 97 de la Ley 48/1960 sobre Navegación Aérea.

Se establece que "el transportista estará obligado a transportar, dentro del precio del billete, el equipaje con los límites de peso, independientemente del número de bultos, y volumen que fijen los reglamentos". Además, "no se considerará equipaje los objetos y bultos de mano que el viajero lleve consigo". A pesar de ello, a juicio de la UCCV, "Ryanair no ha justificado en modo alguno razones de seguridad para tal limitación", sino "únicamente razones económicas en su propio beneficio".

Compensa los gastos de la huelga

Ante este cambio, Facua también aludió al mismo artículo de la legislación española por el que se establece el transporte gratuito de estos bultos, y recordó que sólo recoge como excepción para denegar su transporte "razones de seguridad, vinculadas al peso o al tamaño del objeto, en relación con las características de la aeronave".

La entidad estatal también criticó que parece que la aerolínea ha introducido esta modificación para compensar los gastos que le han ocasionado las compensaciones a los pasajeros por las cancelaciones de vuelos este verano.