La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha desestimado el recurso de apelación contra la decisión de la juez Carmen Lamela que desestimó y archivó una demanda que exigía responsabilidad penal por la indemnización fijada por el cese de actividad del almacén de gas Castor porque consideraba que existía «concierto criminal».

La demanda, presentada por Xarxa de L'Observatorio del Deute en la Globalització, reclamaba responsabilidad penal contra los exministros de Industria Joan Glos, Miguel Sebastián, José Manuel Soria; de Fomento, Magdalena Álvarez; de Medio Ambiente, Elena Espinosa; el secretario de Estado de Energía, Ignasi Nieto; el consejero valenciano Juan Cotino; el presidente de ACS, Florentino Pérez, y el presidente de Escal UGS, Recaredo del Potro.

El fallo de la Audiencia considera que los hechos que acaecieron no son constitutivos de infracción penal y concluye que «no revisten apariencia delictiva, resultando inviable una instrucción prospectiva, máxime cuando entre las diligencias propuestas no se desprende la revisión de las auditorías que sustentaron la indemnización».

Para la Sala Tercera «no cabe cuestionar» la corrección de errores a un Real Decreto, porque esto es una decisión administrativa firme y apunta que «no existen indicios» de sobrecoste.

Los magistrados excluyen el «concierto criminal» en los hechos de objeto de análisis porque la serie de resoluciones administrativas fueron adoptadas por gobiernos sostenidos por formación política distinta. La Audiencia concluye que los hechos descritos en el recurso no revisten de «apariencia delictiva».