El mismo día que la Audiencia Provincial de València celebraba el sorteo bienal para elegir a los 3.000 ciudadanos que podrán ser llamados para formar parte de un tribunal popular en los próximos dos años se conocía que el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana acaba de anular la sentencia por el crimen de un sintecho, muerto de una «brutal paliza» en julio de 2016 en El Puig, al apreciar «fallos en la motivación del veredicto absolutorio» del jurado popular. La Sala ha ordenado repetir el juicio celebrado el pasado mes de febrero, en el que fue condenado uno de los dos acusados a trece años de prisión por un delito de homicidio con abuso de superioridad, mientras que el otro coacusado, quien estuvo presente en el momento de la paliza y continuó la fiesta de cumpleaños con su compañero tras el crimen, fue incomprensiblemente absuelto.

En la sentencia por la que se revoca el fallo se hace hincapié en las incongruencias del citado veredicto que sí que consideraba probado por unanimidad que la víctima se encontraba en inferioridad numérica (uno frente a dos) e instrumental, ya que fue atacado con dos armas distintas, una navaja y una barra de hierro. Sin embargo, declararon no culpable a uno de los acusados argumentando que no había sangre en su pantalón -al contrario que en el condenado- y que no tenía motivo para matarlo y carecía de antecedentes penales.

Así el TSJ-CV remarca que el jurado «omite cualquier tipo de explicación sobre la presencia de restos orgánicos del fallecido en la camiseta del absuelto», al igual que omite el hallazgo de una fotografía de la víctima realizada justo antes de la «brutal paliza» en el móvil del acusado declarado no culpable, así como la declaración de los médicos forenses, quienes explicaron que «la utilización de dos armas es signo de dos agresores». Por último tampoco tienen en cuenta, pese a que lo recogen en los hechos probados, que ambos acusados salieron juntos de la discoteca y regresaron para seguir tomando copas y bailando, como si nada hubiera pasado, y «sin demostrar desacuerdo alguno», como así declararon varios testigos.

Por todo ello, la defensa del único condenado, ejercida por la letrada Ana Isabel García, del despacho de Cristóbal Fernández y Sonia García, recurrió la sentencia, al considerar que «la resolución del Jurado contiene una motivación ilógica, absurda, irracional y arbitraria, optando por una solución de tipo salomónico». Al recurso se sumó también la Fiscalía y la acusación particular. La Sala les ha dado la razón y serán ambos acusados juzgados de nuevo.