Vía libre para que los policías locales interinos de la Comunitat Valenciana, alrededor de 1.200 efectivos, puedan consolidar su puesto de trabajo. El Consell ha aprobado esta mañana el decreto que desarrolla la disposición transitoria primera de la nueva ley de coordinación de policías locales de la Comunitat Valenciana, una norma que en su día creó polémica y tuvo que modificarse porque dejaba al personal interino en situación incierta.

El decreto aprobado ahora fija las directrices a las que deberán ajustarse las bases reguladoras de las ofertas de empleo público que deben convocar los ayuntamientos valencianos con el fin de eliminar el empleo temporal. Se trata, como en el ámbito del personal de la Generalitat, de oposiciones de consolidación de empleo temporal, lo que implica que los interinos que hayan ocupado plazas de forma temporal e ininterrumpida en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2016 tendrán facilidades ya que podrán hacer valer los méritos en la fase de concurso.

Concurso-oposición

El decreto especifica que las oposiciones (tanto para agentes como para auxiliares de policía) deben garantizar el cumplimiento de los principios de libre concurrencia, igualdad, mérito y capacidad, si bien tendrán en cuenta los servicios prestados.Así, la oposición consistirá en la superación, con carácter obligatorio y eliminatorio, de pruebas con la finalidad de determinar la aptitud de las personas aspirantes en relación con las funciones de los puestos de trabajo convocados. La máxima puntuación obtenida en la fase de oposición no podrá ser superior al 60%.

A la fase de concurso, sólo accederán quienes hayan aprobado todos los ejercicios de carácter eliminatorio de la oposición. La máxima puntuación será el 40% del total de la nota.

Requisitos físicos y académicos

Entre los requisitos exigibles, además de ser mayor de edad y tener la nacionalidad española, figura la titulación académica exigible y comprometerse, mediante declaración jurada, a portar armas de fuego, y si es preciso, utilizarlas. También se exige, "no sufrir enfermedad o defecto físico alguno que impida el desempeño de las funciones, de acuerdo con las exclusiones médicas establecidas en este decreto y tener una estatura mínima de 1.65 metros los hombres y 1.60 metros las mujeres".

La cuestión de la talla es objeto de debate después de que el Tribunal de Justicia Europeo fallara en contra de una normativa de la Policía griega que establecía para ambos sexos una estatura mínima de 70 centímetros. La Comunitat Valenciana ha optado, como Galicia, Navarra, Andalucía, Murcia, Baleares, Cantabria y País Vasco, por establecer 1.65 centímetros para los hombres y 1.60 para las mujeres. Extremadura tiene los límites en 167 y 157 centímetros, respecticamente.