La Dirección General de Investigación de la Generalitat ha retirado la calificación de balneario a Marina d'Orde la Comunitat Valenciana que no han acreditado el empleo de aguas mineromedicinales y termales con fines terapéuticos o preventivos para la salud.

Así lo confirmó ayer la responsable de esta dirección, Anna Ávila, que ha explicado que una normativa estatal, el Real Decreto 1277/2003, establece los criterios para poder ofertar servicios de hidrología, por los que un centro se puede denominar balneario, y tanto la ciudad de vacaciones de Orpesa como otros diez centros no han podido acreditarlo.

En concreto, el Real Decreto establece que la calificación de hidrología requiere de unidad asistencial atendida por un médico especialista en hidrología médica -algo con lo que sí cuenta Marina d'Or- y que utiliza aguas mineromedicinales y termales con fines terapéuticos o preventivos para la salud.

Así, a instancias de la Asociación Valenciana de Balnearios, de la Asociación Nacional de la Propiedad Balnearia (Anbal) y del Ministerio de Sanidad, requirió a la conselleria que revisara todos los centros de la Comunitat Valenciana que tienen la acreditación de balneario.

Marina d'Or no respondió, por lo que se informó a este complejo de que se iniciaba un expediente de minoración de su actividad, que definían como hidrología, «puesto que no la estaban justificando». De este modo, se resolvió, ante lo que la ciudad de vacaciones interpuso un recurso de alzada, también rechazado.

A su vez, el complejo de Orpesa solicitó que se acreditara que ofrecen hidroterapia y no hidrología, sobre lo que se resolvió de forma positiva porque esta categoría «no requiere la utilización de aguas medicinales, simplemente agua con fines terapéuticos y preventivos para la salud y esto sí lo cumplen», ha precisado la directora general.

A este respecto, Ávila ha explicado que Marina d'Or «no puede ofertarse como hidrología, como balneario, pero va a seguir ofreciendo la misma actividad que hasta ahora».

«Sí se les reconoce el uso terapéutico del agua, pero no como hidrología, sino como hidroterapia. Terapia a través del agua, no a través de las características propias del agua, que sería la diferencia», ha explicado Anna Ávila.

Recurso de Marina d'Or

La entidad Hoteles Marina d'Or SL interpuso un recurso ante la Sección 4 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) tras rechazarse su recurso y han emitido un comunicado este lunes en el que ha querido puntualizar que «nadie ha dicho nunca» que el agua que utilizan sea medicinal y han subrayado que el centro «trabaja con agua del mar» y «así se ha anunciado siempre, como balneario de agua marina». Desde Anbal han aplaudido la decisión de Sanidad.