El Consell Jurídic Consultiu (CJC) ha dado un toque de atención en toda regla al Ejecutivo valenciano por su política de reversión de los servicios públicos en lo tocante a la subrogación del personal procedente de las contratas, ya que considera que la figura de «personal a extinguir» supone una «distorsión en el ámbito de la función pública».

El órgano consultivo entiende que una política «generalizada» de rescates «puede dar lugar a una vía alternativa de selección de personal» de la Generalitat (a través de su sector público), lo que implica prescindir «no solo de los procesos selectivos sino de los principios básicos constitucionales de igualdad y publicidad en el acceso del empleo público».

Se trata de una observación esencial que el Jurídic ha plasmado negro sobre blanco en su dictamen sobre la Ley de acompañamiento a los presupuestos de la Generalitat de 2019, que el pleno del Consell tiene previsto aprobar hoy.

El cuestionamiento del órgano consultor se produce a cuenta de la disposición tercera de la ley, incluida en el último momento, en la que con carácter general se regula la incorporación del personal laboral «a extinguir» en las entidades del sector público instrumental, excluidos organismos autónomos y consorcios.

Esta cláusula viene a regular la situación de aquellos trabajadores y trabajadoras procedentes de contratas que acaban siendo integrados en la Generalitat mediante una fórmula que, en la práctica, les convierte en «seudofuncionarios», ya que podrán mantener su plaza hasta la jubilación sin verse en la obligación de presentarse a un proceso selectivo.

Es la fórmula que se aplicó para la plantilla del hospital de la Ribera tras el rescate y la que se está aplicando a aquel personal que trabaja en centros de diversidad funcional y que, al terminar la concesión, pasan a formar parte del Instituto Valenciano de Acción Social (Ivass).

Tal como informó Levante-EMV el pasado domingo, la aplicación de esta fórmula en futuros rescates podría suponer en los próximos años la entrada por la puerta falsa a la Generalitat de más de 7.500 trabajadores. Una suerte de nuevo 'coladero' que ha generado todo tipo de dudas incluso dentro del propio Ejecutivo.

El informe del Jurídic resulta demoledor. Cabe recordar que ya en su momento el organismo que preside Margarita Soler expresó sus dudas sobre la fórmula que la Conselleria de Sanitat había utilizado para subrogar al personal de la Ribera.

Para el Jurídic, ante el vacío legal existente sobre los casos de sucesión de empresas en el ámbito de la Administración, la mejor fórmula era crear una mercantil (fórmula que finalmente sí se ha utilizado para el caso de los bomberos forestales) y que esta sociedad asumiera al personal laboral, pero sin echar mano de la figura de «a extinguir».

En su dictamen, al que ha tenido acceso este diario, el Jurídic recuerda este caso y alude al que se está poniendo en marcha desde la conselleria que dirige Mónica Oltra. El CJC admite que resulta «complejo» determinar en qué condiciones debe incorporarse el personal en el caso de que la Generalitat asuma la subrogación.

Es más, entiende que la aplicación de las normas laborales de subrogación empresarial cuando la Administración decide prestar directamente el servicio sin acudir a una nueva licitación «se resiste».

La dificultad reside en qué hacer con este personal porque su continuidad laboral debe estar protegida ante el cambio de titularidad de la empresa, pero «no puede convertirse en empleado público». Y la solución del personal «a extinguir» no convence al CJC, ya que no tiene cabida en el Estatuto del Empleado Público por ser una categoría no contemplada en la norma.

La problemática «se acrecienta» porque estas plazas no pueden sacarse a convocatoria pública y advierte del agravio que supone esta circunstancia para los funcionarios interinos que sí verán su plaza salir a concurso «con el riesgo de ser privado de su empleo si no supera el proceso». Además hace alusión al «derecho de los ciudadanos al acceso al empleo público con arreglo a la igualdad de oportunidades».

Por todo ello, el CJC exige al Consell que «habida cuenta de la distorsión, debería exigirse expresamente en los expedientes de contratación en los que se procede a la reversión del servicio público, la emisión de un informe que justifique con datos y parámetros objetivos la necesidad de dicha reversión».

El organismo jurídico admite que es «potestad de la Administración optar por la gestión directa o indirecta en la prestación de servicios públicos», pero advierte de que «la ausencia de una adecuada y objetiva justificación en la reversión de los servicios públicos (si se procede a ellas de forma generalizada) puede dar lugar a una vía alternativa de selección de personal de la Generalitat», prescindiendo de procesos selectivos y de los principios básicos constitucionales de igualdad y publicidad en el acceso al empleo.

Además, el CJC cree que debe también incluirse en la disposición analizada la necesidad de acompañar los acuerdos de reversión de informes que acrediten la viabilidad económica de las medidas que determinen la incorporación del personal «a extinguir», así como del cumplimiento de la Ley de estabilidad presupuestaria.

Por su parte, fuentes de la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas han precisado que la subrogación de personal regulada en este anteproyecto se circunscribe a las concesiones que no se renovarán en el ámbito de los centros de diversidad funcional y no a las residencias de mayores. De ahí que rechazan que la cifra asumida alcance los 3.000 empleados y empleadas. Sólo se alcanzaría esta cifra si el rescate abarcara también los centros de mayores, un temor que se ha extendio en la patronal de las residenicas privadas.