El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha establecido vedas temporales para la pesca de la modalidad de cerco en determinadas zonas del litoral de la Comunitat Valenciana.

En concreto, queda prohibida la pesca de cerco a los buques españoles, en las aguas exteriores, desde el día 1 de diciembre de 2018 hasta el día 31 de enero de 2019, ambos inclusive, en la zona comprendida entre la demora de 123º y el paralelo de 39º- 21,50' de latitud Norte (Gola del Perelló).

También en el área situada entre la Gola del Perelló y la demora de 120º, desde el día 6 de diciembre de 2018 y el día 5 de enero de 2019, ambos inclusive.

Así lo establece la Orden APA/1215/2018, de 14 de noviembre, que recuerda que es posible "restringir el acceso temporal a determinadas pesquerías que incidan directamente sobre los recursos objeto de regulación, cuando pudiera estimarse que el ritmo de progreso para alcanzar los objetivos fijados no fuera el suficiente".

El BOE detalla que "los informes científicos vienen a confirmar que resulta aconsejable el establecimiento de medidas de protección para las poblaciones de las especies de pequeños pelágicos, entre ellas la creación de vedas".

La norma recuerda que el Instituto Español Oceanografía ha emitido su preceptivo informe y se ha efectuado consulta previa a la Comunitat Valenciana y al sector pesquero afectado.

Previo acuerdo de la Conferencia Sectorial, las paradas temporales de la actividad pesquera que se efectúen en cumplimiento de las vedas establecidas podrán recibir financiación del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca.