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Ley de función pública

El Consell acelera la promoción a dedo de altos funcionarios antes de la nueva ley

Las conselleries han acudido a la libre designación pese a que el bipartito se comprometió a restringirla

El Consell acelera la promoción a dedo de altos funcionarios antes de la nueva ley

A seis meses de que finalice la legislatura del Botànic, las distintas conselleries de la Generalitat están acelerando el proceso de nombramiento de altos funcionarios, una designación «a dedo» que afecta a puestos claves del entramado administrativo, como son las jefaturas de servicios. Sólo en noviembre, el Diari Oficial de la Generalitat da cuenta de cerca de 40 nombramientos por libre designación en puestos de la cúpula funcionarial de distintas conselleries, una fórmula de la que en su momento renegaron los partidos de la izquierda que ahora conforman el Consell incluso en sus programas electorales.

Esta vía directa de promoción (la libre designación no garantiza una elección según criterios objetivos) queda muy restringida en la nueva Ley de función pública elaborada por la Conselleria de Justicia y Administraciones Públicas y que debería haberse aprobado esta legislatura. La norma fue sometida la semana pasada al trámite formal de negociación con los sindicatos, pero lleva bloqueada desde hace casi dos años (fundamentalmente por el requisito lingüístico) y se da por hecho de que no verá la luz antes de elecciones.

En ausencia de una nueva regulación que dificulte la promoción «a dedo», las diferentes conselleries, tanto en manos de Compromís como del PSPV, han optado desde que arrancó la legislatura del Botànic por usar el procedimiento de libre designación para situar en los puestos más altos del escalafón funcionarial a empleados de confianza. Se trata, sobre todo, de jefaturas de servicio, aunque también responsables de sección. Según la última relación de puestos de trabajo aprobada bajo gobierno bipartito, sin contar el sector docente y sanitario, hay más de 700 puestos clasificados como libre designación. Según los cálculos de este diario, el grueso de estas plazas se han cubierto ya por este método.

El cambio en la manera en que los distintos funcionarios y funcionarias acceden a un puesto superior no es una cuestión menor. Cabe recordar que la ley pendiente se basó en un informe que la conselleria encargó a un grupo de sabios. El documento, presentado en 2016, señalaba los grandes males de la administración valenciana y hablaba de una función pública «improvisada» donde la promoción de sus empleados ha estado más ligada a «relaciones personales que a criterios objetivos».

Además del riesgo de diseñar, a imagen y semejanza que hizo el PP, una administración copada por afines, existe una cuestión de índole ecónomica. La mayoría de los altos funcionarios promocionados estos años lograrán consolidar su sueldo. La ley establece que el personal cesado en libre designación será «adscrito provisionalmente» a una plaza situada en la misma localidad y clasificado con un complemento de destino «no inferior en más de dos niveles al de su grado personal» hasta que no obtenga otro de modo definitivo. La consolidación salarial de cientos de funcionarios ya se produjo en la etapa popular, de tal manera que, aquellos que fueron sustituidos, volvieron a puestos de menor nivel, pero prácticamente cobrando lo mismo que si siguieran siendo jefes.

La ley pendiente reconoce que la designación a dedo «como mecanismo de cobertura de vacantes opera demasiado ampliamente en un contexto en el que no se ofrecen posibilidades reales de carrera regladas, competitivas y que estimulen el desarrollo profesional del personal empleado público y donde la formación o la determinación de cómo cumple sus tareas mediante sistemas objetivos de evaluación tampoco han sido impulsados de modo efectivo». Por ello limita su alcance ya que sólo valdrá para los puestos de subdirección.

Para las jefaturas, con carácter general, se establece el concurso como procedimiento normal de provisión de puestos y se crea una nueva fórmula, el concurso específico, a medio camino entre la libre designación y el concurso de méritos. No obstante, no es discrecional como la libre designación ya que los aspirantes deben ser evaluados en función de unos requisitos objetivables. Además, recoge que serán evaluados cada seis años para continuar en su puesto.

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