La Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha confirmado la condena a 4 años y seis meses de prisión a un médico de la Seguridad Social (jefe de Urgencias del Hospital Clínico por aquel entonces) por considerar acreditado que falsificó recetas del medicamento Revatio (una de las marcas comerciales del principio activo de la Viagra) simulando en ellas que eran para un paciente que era tío suyo y que, además, había fallecido. El fármaco tiene un precio que oscila entre los 490 y los 511 euros,

La Sala desestima el recurso de casación interpuesto por el condenado contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Valencia que, a su vez, confirmó el fallo dictado por un tribunal del jurado de la Audiencia Provincial de Valencia por un delito continuado de falsedad en documento oficial en concurso con un delito continuado de estafa a la Administración. Además de la pena de prisión, le impuso el pago de una indemnización de 6.995 euros a la Generalitat Valenciana.

Según informa el TSJCV, los hechos probados de la sentencia recogen que el médico condenado, que fue jefe de Urgencias del Hospital Clínico de Valencia entre 2009 y 2011, hizo creer al jefe del Servicio de Farmacia de dicho hospital que su tío precisaba la administración del medicamento Revatio; motivo por el que éste autorizó su dispensación.

El tío del condenado, que padecía enfermedad pulmonar obstructiva crónica -EPOC- en grado severo no solo no precisaba dicho medicamento sino que, además, tomaba una medicación que estaba contraindicada con el Revatio.

El médico firmó las recetas en las que constaba que su tío era el paciente y que padecía hipertensión pulmonar primaria, una de las enfermedades para las que está recomendada la administración del medicamento. Las cajas del medicamento obtenidas no las destinó al tratamiento de las enfermedades de su tío y de su padre. Y siguió haciéndolo pese a que el primero había fallecido.

La Sala rechaza el motivo en que alegaba que su conducta no constituye un delito continuado de falsedad en documento oficial puesto que estaba facultado para firmar recetas y había puesto en conocimiento y obtenido la autorización de la persona responsable de su suministro y a la que iban a ser dirigidas.

En este sentido, la sala indica que "las recetas sí fueron un instrumento idóneo para completar el engaño, y además imprescindible para que el acusado corroborara y reforzara con hechos la previa mendacidad formulada de palabra".

En relación con el otro delito, el de estafa, la Sala también rechaza los argumentos del recurrente sobre la inexistencia de los elementos de este tipo delictivo. Añade que el acusado se quedó con las cajas del medicamento que obtuvo de la Seguridad Social "valiéndose de un engaño fraudulento, siendo indiferente el destino final que les diera", tras haberse acreditado que "no fueron destinados al tratamiento del paciente que mendazmente figuraba en las recetas espurias, máxime si se pondera que durante los siete meses finales de la retirada de las medicinas el tío del acusado estaba ya muerto".