El 22 de enero (San Vicente Mártir) y el 29 de abril (San Vicente Ferrer) serán los festivos locales en València en 2019, el 2 de mayo (Santa Faz) y el 25 de junio (posterior a San Juan) lo serán en Alicante, y el 25 de marzo (la Magdalena) y el 29 de junio (San Pedro) en Castelló de la Plana.

La Conselleria de Economía ha aprobado el calendario de fiestas locales, retribuidas y no recuperables, para el año próximo, teniendo en cuenta que la determinación de fiestas locales tiene relevancia no solo a efectos laborales sino también en la consideración de días hábiles a efectos de cómputo de plazos administrativos y judiciales.

El calendario laboral se ha aprobado en los términos acordados por los plenos de los ayuntamientos de las tres provincias de la Comunitat Valenciana, según publica este jueves el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV).

La resolución de la Conselleria de Economía tiene efectos a partir del día siguiente a su publicación en el DOGV y podrá ser recurrida en reposición, que pone fin a la vía administrativa, o bien cabrá plantear un recurso contencioso administrativo en los plazos establecidos.

Este recurso puede presentarse ante la conselleria en el plazo de un mes o ante el Tribunal Superior de Justicia y, en el caso de que el recurrente sea una administración local, no puede interponer recurso en vía administrativa pero sí, y en el plazo de dos meses, podrá formular requerimiento razonado para que se anule o revoque el acuerdo.

Esta fórmula no incide en la ejecutividad de la resolución ni interrumpe los plazos de cara a su firmeza, por no ser sustitutivo del régimen de recursos en vía administrativa.