Treinta meses le ha durado al Consell del Botànic su decisión, sin precedentes en el territorio nacional, de excluir a los alumnos que estudian Ciencias de la Salud en universidades privadas del circuito público de prácticas, necesarias para poder graduarse y conseguir el título de Medicina o Enfermería.

Una sentencia del pleno del Tribunal Constitucional tumba el doble circuito de prácticas que la Generalitat había impuesto al reconocer como inconstitucional la modificación de la Ley de Salud de la Comunidad Valenciana que, el año pasado, daba cuerpo de ley a esta práctica, institucionalizada desde el verano de 2016.

Así el Alto Tribunal, en un fallo fechado el pasado 31 de enero, estima el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por más de 50 senadores del grupo parlamentario del Partido Popular que pedían anular la nueva redacción del apartado 2 del artículo 79 de la Ley de Salud de la Comunidad Valenciana de 2014.

Les Corts, a través de una ley de abril de 2018, modificaron este apartado y donde decía que la Generalitat «colaborará con las universidades, centros y escuelas universitarias.... estableciendo acuerdos para garantizar la docencia práctico-clínica de las titulaciones, especialmente las impartidas en centros de titularidad pública», se pasaba a una redacción que priorizaba completamente a las universidades públicas: «La Generalitat colaborará con las universidades de titularidad pública... para garantizar la docencia práctica y clínica de las titulaciones».

El Constitucional estima los argumentos esgrimidos en el recurso por los senadores del PP y entiende que la nueva redacción debe declararse nula, ya que invade competencias exclusivas del Estado, en concreto aquellas sobre educación y las bases de la sanidad «reconocidas en el artículo 149.1 apartados 30 y 16» de la Constitución Española.

Según la sentencia, redactada por el magistrado Antonio Narváez, la normativa estatal «se refiere de modo genérico a las 'universidades', sin distinción alguna entre unas universidades y otras. (...) En cambio, la norma legal valenciana únicamente impone este deber de colaboración del Ejecutivo de la Comunidad respecto de las universidades de titularidad pública, sin mencionar de modo expreso a las privadas. Existe, pues, una contradicción entre la normativa básica estatal y el precepto legal autonómico».

Esta contradicción es, además «insalvable», según los magistrados,ya que las leyes estatales dan «una relevante y trascendente importancia a que la formación de los profesionales en las Ciencias de la Salud dispongan de toda la estructura sanitaria pública para la realización de sus prácticas clínicas, siendo estas imprescindibles». El fallo cuenta además con dos votos particulares concurrentes.

Saturación y contratos anómalos

La sentencia del Constitucional obliga así al Consell a acabar con la separación de estudiantes que venía aplicándose de facto desde el curso 2016-2017 aunque nunca se había cimentado legalmente hasta el cambio legislativo de 2018 que no pasó, además, por la valoración del Consell Jurídic Consultiu y que se hizo en un «arrebato ideológico en contra de lo privado» según ponen de relieve los senadores en su recurso.

La exclusión de los alumnos de Medicina, Enfermería o Fisioterapia de las universidades privadas se puso sobre la mesa en junio de 2016 y se empezó a aplicar en septiembre. La exconsellera de Sanidad Carmen Montón junto al titular de Educación, Vicent Marzà, la justificaron -pese a la oposición que generó- en dos parámetros. Primero, había que poner orden en los hospitales públicos, al borde de la saturación por los alumnos pregrado, aplicando el decreto 420/2015 que limita una única universidad por hospital. Además, había que terminar con las contrataciones «anómalas» que realizaban las instituciones privadas al contratar directamente con trabajadores de la sanidad pública por su tiempo como tutores, además, en horario de trabajo pagado por la administración.

A partir de septiembre se impidió a los nuevos licenciados en Ciencias de la Salud de los tres centros privados entrar en el circuito público de prácticas y se habilitó un periodo «transitorio» para que los ya matriculados pudieran conseguir sus titulaciones sin verse afectados. Se generó entonces un triple escenario: los alumnos de las universidades públicas que hacían prácticas en los hospitales públicos sin problemas; los de la privada en periodo transitorio que podían seguir pero en los hospitales designados por la conselleria y previo pago de su universidad por el tiempo de los tutores a través de un convenio con la Universitat de València y los nuevos licenciados en la privada que ya no tenían acceso a los centros públicos.