La Audiencia Nacional ha decidido suspender las reclamaciones judiciales o extrajudiciales formuladas por las entidades bancarias a los clientes de las clínicas de iDental. El juez De la Mata justifica la medida cautelar «para evitar que se incremente el perjuicio de miles de afectados por el cese de la actividad» de este grupo de servicios odontológicos. Según el magistrado, la investigación ha puesto de manifiesto que el funcionamiento diario de iDental consistía en «ofertar tratamientos a una porción de la población específica con ingresos medios-bajos, a los que convencerían a través de importantes descuentos amparados en supuestas subvenciones». El coste de las intervenciones era financiado a través de hasta diez entidades financieras «actuando iDental como intermediario y siendo beneficiario directo de dichos fondos».

De la Mata no solo reclama a los bancos el fin de sus exigencias, sino que les requiere para que se abstengan «de incluir en ficheros de información patrimonial a aquellos perjudicados que hayan cesado en el pago de los créditos contratados y procedan a retirar de los registros a aquellas personas cuya inscripción se solicitó por el impago de los créditos». Según la resolución judicial queda acreditado, pese al carácter provisional de la fase procesal, «un patrón uniforme de actuación consistente en el incumplimiento de la prestación de servicios al que está vinculado el contrato de financiación». «También queda probada la pasividad de iDental, que se quedó con los capitales recibidos de las financieras y no solicitó la cancelación o interrupción de los créditos al consumo», indica el auto. «En el mejor de los casos, los servicios odontológicos se prestaron mínimamente y quedaron interrumpidos. En otros casos (siempre en rango de miles), no se prestaron. En otros pueden haberse producidos casos de mala praxis y lesiones», se argumenta.

Privados de otro tratamiento

Con miles de afectados, especialmente en la Comunitat Valenciana y Andalucía, y tras seis meses de instrucción, De la Mata entiende que esta decisión resulta «imprescindible y proporcionada, a fin de proteger a los usuarios/pacientes». Razona además en su escrito que la continuación del pago o ejecución de estos créditos «agravaría aún más la situación de los perjudicados, quienes, en los casos más graves, se ven incluso imposibilitados de acudir a un nuevo tratamiento que trate de resolver su caso o completar el tratamiento que, en muchos casos, ni siquiera ha sido iniciado por iDental».

El juez asegura que las entidades financieras, bien de oficio o a instancia de instituciones públicas con competencia en Sanidad y Consumo, han expresado «su inquietud ante la situación y gravedad de los hechos y han manifestado su compromiso para atender las reclamaciones presentadas y su disposición a facilitar soluciones». «Sería injusto no advertirlo», se incide desde el juzgado, que estudia delitos de estafa continuada, apropiación indebida, falsedad documental, administración fraudulenta, alzamiento de bienes y blanqueo de capitales contra la salud pública y lesiones.

De la Mata refleja también que iDental recurría a «técnicas muy agresivas de marketing» para conseguir la firma del contrato y en la primera cita introducir un cambio unilateral de las condiciones que subía el presupuesto siendo ya imposible para el cliente la anulación. A partir de ahí se iniciaba un calvario que iba desde la suspensión de consultas, la atención por personal no cualificado, o incluso amenazas y coacciones a los denunciantes por parte del personal, tal como expone.