El Consell Jurídic Consultiu ha desatascado los planes de la Conselleria de Sanidad para el rescate del servicio de las resonancias magnéticas. En un dictamen al que ha tenido acceso este diario, el organismo jurídico ha determinado que el proceso de reversión entra dentro de la sucesión de empresas por lo que los más de 150 trabajadores podrán ser subrogados en la Generalitat. La Conselleria de Sanidad, que dirige Ana Barceló, estaba a expensas de este informe jurídico para seguir adelante con el rescate.

Sanidad paralizó el proceso tras estudiar el informe emitido por la Abogacía de la Generalitat al borrador del decreto que debía regular el rescate de los trabajadores tras acabarse el contrato con la UTE Erescanner (que lidera Eresa) que lleva diez años ocupándose de las resonancias en 16 hospitales públicos de la C. Valenciana y que está prorrogado hasta el mes de enero.

La conselleria quería aplicar a este rescate la fórmula usada para el hospital de Alzira, en la que el personal quedó en situación de personal a extinguir, es decir, con un plaza de por vida y blindada ante posibles oposiciones. El informe de la Abogacía fue un duro contratiempo a los planes de Sanidad ya que ponía en cuestión la existencia de una sucesión de empresas.

El Consell Jurídic Consultiu ha resuelto el conflicto a favor de la posición de la Generalitat. Tras estudiar el caso de forma detallada, el organismo que dirige Margarita Soler concluye que "puede mantenerse la existencia de una sucesión de empresa tras la reversión del servicio público de resonancia magnética prestado por ERESA, atendiendo a lo establecido en el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores". El Jurídico también resuelve otra duda clave: qué hacer con el personal subrogado o, dicho de otro modo, en qué condiciones pasa a formar parte de la plantilla. El Jurídic valora dos opciones: la figura del indefinido no fijo o la usada en el caso del rescate de Alzira, persona a extinguir. El organismo jurídico descarta la primera figura (a la que se puede aspirar sólo tras una sentencia) y se decanta por el personal a extinguir. Aunque el Jurídico admite que esta figura es problemática y que crea un tipo personal especfíco de la Administaración que puede perjudicar al resto de personal, acaba concluyendo que es la única opción posible. "De no acudir a esta figura, resultaría necesaria la intervención de los tribunales del orden jurisdiccional social tras la impugnación de los trabajadores". Por ello, la figura "más acorde" es el personal a extinguir.

Con todo, y como ya hizo en un dictamen anterior sugiere a la conselleria que articule la subrogación de personal a través de la creación de una sociedad pública, ya que estas se rigen por el derecho laboral y no están sujetas al Estatuto del Empleado Público. En este caso, quedarían como persoanl fijo de plantilla o temporal.