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Servicios sociales

Un "SAMU asistencial" ante desahucios o emergencias

La nueva atención a las urgencias funcionará fuera del horario de trabajo de los equipos municipales

Protesta ante uno de los últimos desahucios en Benimaclet. e. ripoll

Si una persona, con o sin familia, se ve en la calle, desprotegida, vulnerable, por un desahucio, por una situación de fuerza mayor, por una desgracia... debe acudir a los Servicios Sociales que le correspondan. Pero ¿qué ocurre si están cerrados? ¿qué pasa si la oficina está fuera de horario de atención? Para dar respuesta a estas situaciones de urgencia social, la nueva legislación de Servicios Sociales -publicada ayer en el DOGV y que entrará en vigor en un mes- recoge la creación de «un servicio de atención a las urgencias sociales, complementario de la atención primaria y atención secundaria». Una especie de «SAMU de lo social» que abrirá sus puertas cuando el departamento de asistencia esté cerrado y que solo tienen las ciudades de Madrid y Barcelona.

«Cuando los Servicios Sociales cierren sus puertas, el servicio de emergencia social se pondrá en funcionamiento. Es una especie de SAMU asistencial que solo tienen las ciudades de Madrid y Barcelona. València también cuenta con un servicio similar pero por voluntad propia. Ahora este servicio está recogido en la ley. El objetivo es cubrir la atención pública las 24 horas del día ante situaciones que requieran una actuación inmediata por parte de los equipos profesionales de Servicios Sociales», explican fuentes de la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas que dirige Mónica Oltra.

La ley, pionera en España al «blindar» los Servicios Sociales, considera situaciones de urgencia «accidentes, catástrofes o estados de vulnerabilidad y desprotección social sobrevenidas e inesperadas» y el objetivo del nuevo servicio no es otro que el de «asegurar una respuesta rápida y eficiente». Ahora bien, será en el desarrollo reglamentario de la ley donde se especifíque el catálogo de situaciones y casuísticas «que puedan ser consideradas como urgentes y prioritarias, aparte de las ya mencionadas». La nueva ley de Servicios Sociales recoge que los municipios de más de 100.000 habitantes «tendrán un servicio de urgencia social», mientras que los municipios de población inferior a los 100.000 habitantes «podrán agruparse para crear uno».

Desde la conselleria explican que en este nuevo servicio «será el encargado de proporcionar alojamiento de urgencia, es decir, de gestionar la plaza en un albergue u hostal o, incluso, de dotar de ayuda económica puntual al usuario para que pueda pagarse el alojamiento esa noche. Luego, cuando abran los Servicios Sociales ordinarios el usuario será atendido, pero la noche la tendrá cubierta».

Sanciones de 1.000 a 300.000 euros

La nueva ley supone un marco jurídico de actuación que ordenará y regulará los Servicios Sociales en la Comunitat Valenciana, y donde quedarán plasmados los derechos subjetivos en materia de servicios sociales de la ciudadanía valenciana.

Además, la ley también contempla sanciones a las empresas proveedoras de servicios sociales con mayores cuantías ya que «las que habían antes eran irrisorias y al final no tenían repercusión». Ahora, las multas oscilan entre los 1.000 a 10.000 euros por sanciones leves; entre los 10.001 y los 80.00 euros por infracciones graves y entre los 80.001 y los 300.000 euros por infracciones muy graves.

El artículo 149 de la ley afirma que el dinero recaudado se destinará de forma obligada «a la mejora de la calidad y a la cobertura del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales».

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