La Conselleria de Educación ha publicado hoy la orden de convocatoria del procedimiento selectivo de ingreso en Secundaria y otros cuerpos, que establece el día 26 de junio como fecha en que se realizará el primer examen de la oposición. Se trata de las oposiciones docentes más grandes de la última década por las que se cubrirán 4.636 plazas de profesorado de Secundaria, FP, EOI, profesorado de Música y Artes Escénicas, profesorado de Artes Plásticas y Diseño, y catedráticos de Música y Artes Escénicas.

Los aspirantes podrán presentar sus solicitudes del 5 al 29 de marzo. El modelo oficial de las mismas estará disponible en la sede electrónica de la Generalitat (sede.gva.es)

La fase de oposición constará de dos pruebas, que tendrán carácter eliminatorio, tal como obliga a cumplir el Ministerio de Educación. La primera de las pruebas tendrá por objeto la demostración de los conocimientos específicos de la especialidad a la que se opta y constará de dos partes, que se valorarán conjuntamente.

La segunda prueba tendrá como objeto la comprobación de la aptitud pedagógica de la persona aspirante y su dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente.

Cabe recordar que la nota final se obtendrá de ponderar en un 60 % la fase de oposición y un 40 % los méritos.

Novedades del proceso de oposiciones docentes 2019

En esta convocatoria, Educación ha incluido una serie de mejoras en el proceso de oposición dentro de sus competencias autonómicas.

1) Comisión de baremación de méritos por cada especialidad: Se crearán comisiones de baremación de méritos para cada especialidad, y cada una estará compuesta por todos los miembros de la comisión de selección y de las presidencias de todos los tribunales de cada especialidad. Estas comisiones tienen como función determinar los criterios de baremación y la valoración de méritos en la fase de concurso. Hasta ahora, era cada tribunal quien revisaba los méritos de cada opositor.

2) Mecanismo de garantía del anonimato: Se establece un nuevo mecanismo de garantía del anonimato de los aspirantes en la primera prueba, que consta de dos partes, la A en la que se desarrolla un tema y la B que es la parte práctica. En la parte A, se garantizará el anonimato de los aspirantes con un procedimiento parecido al que se aplica en otras comunidades autónomas. Además, la parte B la leerá cada tribunal en lugar de que cada aspirante la tenga que exponer de forma oral. Este método se adoptará en todas las especialidades que no requieran la presencia de los aspirantes, puesto que hay algunas que sí que la requieren como son las que están vinculadas a interpretar un instrumento o aquellas en las que se tiene que evaluar el conocimiento de lengua oral.

3) Presentación telemática de la programación didáctica: Otra novedad se refiere a la segunda prueba de oposición, que consiste en la presentación de la programación didáctica y la exposición de una unidad didáctica. Los aspirantes la presentarán telemáticamente y los miembros del tribunal no tendrán acceso a la programación hasta que el opositor no inicie la segunda prueba.

4) Se permite alegar al final de primera y segunda prueba: Se establece también como novedad que las persones aspirantes puedan presentar alegaciones al final de la primera y de la segunda prueba. Este procedimiento se podrá hacer desde las 9 horas hasta las 14 horas del día siguiente al de su publicación. Una vez concluido este plazo el tribunal procederá a la publicación de las listas definitivas en la misma forma que las puntuaciones provisionales.

Las alegaciones que se presentan se considerarán estimadas o no con la modificación, si procede, de las calificaciones, mediante la publicación del listado definitivo. Las personas que hayan superado la fase de oposición serán convocadas para el siguiente día hábil, en la sede del tribunal, para la presentación de los méritos de la fase de concurso.