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Cuatrocientos empleados de la diálisis concertada llevan a Sanidad al juzgado

Piden que el tiempo trabajado les cuente en bolsa a 0,30 puntos por mes - Interponen el recurso pese a que la conselleria ha cambiado los criterios y otorgará 0,10 puntos al mes para estos empleados

Un paciente en mitad de un tratamiento de hemodiálisis. levante-emv

Cuatrocientos empleados de los servicios concertados de hemodiálisis de toda la Comunitat Valenciana han llevado a los tribunales a la Conselleria de Sanidad por no contabilizarles el tiempo trabajado como mérito en las bolsa de trabajo temporal de la misma manera que a un trabajador público pese a que realizan el mismo trabajo. Así consta en el recurso contencioso interpuesto de forma conjunta este mes y con el que pretenden que la administración les reconozca el derecho a recibir 0,30 puntos por mes trabajado en estos servicios concertados equiparándose a sus compañeros de la sanidad pública.

El contencioso se ha presentado contra las dos últimas negativas que la Conselleria de Sanidad ha dado a esta petición: la que dieron el año pasado a la petición directa de cambiar el baremo de las bolsas y la negativa dada a principios de año tras impugnar los trabajadores la nueva bolsa de trabajo de 2018 al no incluir el trabajo en servicio concertados entre los méritos que computan.

La hemodiálisis ambulatoria es uno de los servicios que actualmente la Conselleria de Sanidad ofrece de forma concertada a través de empresas privadas -como hasta ahora las resonancias o en un futuro la atención a daño cerebral- al ser incapaces de absorber toda la demanda de pacientes.

Este tipo de trabajo -que atiende directa y exclusivamente a pacientes de la sanidad pública- sí estaba reconocido antes de 2009 como mérito en las bolsas de empleo aunque esta prerrogativa estaba anulada desde entonces.

El contencioso planteado por los trabajadores de la hemodiálisis llega, precisamente, cuando la Conselleria de Sanidad acaba de pactar con los sindicatos una vuelta atrás para incluir en las nuevas bolsas de trabajo un reconocimiento para estos trabajadores: 0,10 puntos por mes trabajado frente a los 0,30 de los trabajadores públicos.

Esta solución „que aún debe de ponerse en marcha„ no ha contentado a los empleados del servicio concertado que han decidido seguir adelante con la causa en los tribunales.

«Los empleados del sector público que optan a una plaza y los de la concertada tienen la misma titulación y realizan el mismo trabajo. Por tanto, no baremarlos igual es discriminatorio y vulnera el principio de igualdad que establece la Constitución», mantiene su abogado, Manuel Del Hierro.

«Lo del 0,10 es un avance -reconoció el abogado- pero tampoco sabemos los detalles de cómo se va a aplicar, por ejemplo si se va a hacer retroactivamente o no. Si no se aplica retroactivamente, no hemos avanzado nada, porque de estos profesionales que suscriben el contencioso la mayoría llevan 20 años trabajando y si no pueden aprovecharse ahora de esa medida, no me dice nada».

A su favor, la petición de los trabajadores tiene dos hitos recientes: por una parte una sentencia condenatoria contra la Conselleria de Sanidad que obliga a la administración a baremar a dos radiólogas de Eresa -empresa que realiza de forma concertada las resonancias en el Hospital General- como si hubieran sido empleadas públicas, además, «en igualdad de condiciones», por lo que se les debería reconocer 0,30 puntos por mes trabajado.

Además, el Síndic de Greuges José Cholbi se acaba de pronunciar al respecto de la demanda de estos trabajadores recomendando a la Conselleria de Sanidad que iguale en las bolsas a los dos tipos de trabajadores «siempre que las titulaciones, categorías, funciones y competencias del personal sean similares».

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