La Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas ha aprobado mediante una resolución los tres modelos normalizados de solicitud, tarjeta e instancia de aportación documental, vinculados a la documentación administrativa acorde con la identidad de género manifestada, conforme figura en la ley integral del reconocimiento del derecho a la identidad y a la expresión de género en la Comunitat Valenciana, conocida como Ley Trans.

La resolución de los tres modelos, publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV), estaba contemplada en el decreto de desarrollo de la ley Trans que regula el tratamiento administrativo valenciano para que aquellas personas que lo deseen y así lo soliciten, sean tratadas con el género sentido, por parte de la administración autonómica.

Con la aprobación de los modelos normalizados, la Conselleria de Igualdad facilita a las personas trans, tanto la documentación como la tarjeta administrativa acreditativa de la identidad de género manifestada necesaria para el acceso a servicios administrativos y de toda índole.

Esta iniciativa favorece una mejor inclusión de las personas trans y evita situaciones de sufrimiento por exposición pública o discriminación.

Cabe recordar que tienen derecho a la documentación administrativa regulada en el decreto de desarrollo de la ley todas las personas con residencia efectiva en la Comunitat Valenciana que tengan la condición de persona trans, a excepción de aquellas que hayan procedido ya a la rectificación registral de la mención relativa al sexo.

Todas las administraciones públicas valencianas están obligadas a tratar las personas trans titulares de la documentación administrativa conforme a la identidad de género sentida, con absoluto respecto a su dignidad, privacidad e intimidad.

Asimismo, están obligadas a velar por que en su trato privado con empresas o particulares sean tratadas en los términos descritos.

El procedimiento de expedición de la documentación se inicia con la solicitud de la persona interesada o sus representantes legales, que podrá realizarse también por medios telemáticos.

En el supuesto de que la persona interesada sea menor de edad, la solicitud se formulará por sus representantes legales y tendrá en todo caso derecho a ser informada, y escuchada, y a manifestar su opinión, de acuerdo con el que dispone la Ley Orgánica de protección jurídica del menor, de modificación del Código Civil y de la Ley de enjuiciamiento civil.

La solicitud se formaliza conforme al modelo normalizado y en esta tienen que consignarse los datos relativos a la nueva identificación de la persona solicitante: el nombre y la identidad de género, que podrá ser mujer, hombre o no binaria, así como si quiere que esta figure en la documentación.

La documentación administrativa se podrá renovar cuando se haya agotado su periodo de vigencia por un nuevo periodo de cinco años. Asimismo, se podrá renovar la documentación antes de la finalización de su vigencia cuando así lo solicite la persona interesada, en supuestos como la pérdida de tarjeta, la modificación de algún dato personal, de la fotografía, o cualquier otra circunstancia debidamente justificada.