La defensa de Eduardo Zaplana en el caso Erial ve ilegal el pacto entre el abogado uruguayo Fernando Belhot (su supuesto testaferro) y la Fiscalía Anticorrupción porque «el cambio de su situación procesal (de investigado a testigo) se ha producido en virtud de un pacto no permitido por nuestra legislación penal», según el escrito presentado por el expresidente de la Generalitat, al que ha tenido acceso Levante-EMV.

El recurso es de apelación por lo que se ha presentado directamente ante la sección quinta de la Audiencia de València (sin pasar antes por el Juzgado de Instrucción 8), que deberá decidir si estima las alegaciones del exjefe del Consell, anula la declaración de Belhot como pide su defensa y vuelve a citarlo a declarar, «en calidad de investigado y en presencia de las representaciones de todas las partes afectadas». La única declaración del fiduciario uruguayo se produjo el pasado 25 de enero por videoconferencia, en presencia de jueces y fiscales valencianos y uruguayos.

El abogado de Zaplana, Daniel Campos Navas, recuerda en su escrito el periplo del letrado uruguayo en el caso Erial que ha pasado de estar investigado, con cinco teléfonos intervenidos por la Guardia Civil, con orden judicial, y las cuentas bloqueadas, e incluso se le llegó a citar como investigado por parte del Juzgado de Instrucción 8 el 9 de noviembre de 2018.

Una situación que cambió tras el viaje de una comisión judicial a Uruguay y Panamá en el que Belhot «mostró su interés en colaborar para esclarecer los hechos invstigando» e, incluso, puso a disposición de los investigadores del caso Erial el dinero que gestionaba supuestamente para Zaplana y que guardaba en sendas cuentas en Suiza, tras las gestiones de la Fiscalía Anticorrupción.

Un «acuerdo» que critica la defensa de Zaplana porque «la cooperación de Belhot se ha traducido en compromiso de no ser acusado ni, por tanto, penado, por ningún delito derivado de la gestión del supuesto patrimonio de mi representado».

Una opción que, defiende el letrado de Zaplana, «no es posible en ningún caso en nuestro sistema jurídico, la concesión de un beneficio punitivo consistente en garantizar la completa inmunidad de una persona que supuestamente ha participado en los hechos delictivos». Y, por extensión, «tampoco podría otorgarse validez a las pruebas obtenidas bajo promesa -no amparada en la ley- de no formular imputación penal». De esta manera, «la principal prueba incriminatoria» contra Eduardo Zaplana «se habría obtenido a través de un medio que en nuestro Derecho sería ilícito, por derivar de un acuerdo que garantiza la impunidad a un presunto partícipe vulneraría el derecho a un proceso público con todas las garantías y sin indefensión» del exministro, asegura su abogado.

Sobre los hechos declarados por Belhot -que gestionaba el patrimonio de Zaplana- «no entramos a valorar su veracidad», señala el letrado, pero debieron provocar que se «suspendiera su declaración como testigo para citarlo como investigado», señala el letrado en su recurso.