El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 9 de València ha anulado el acuerdo plenario de Paterna que suspendía la concesión de licencias, vetando el centro de menores en Montecañada, al considerar que «no es conforme a derecho» y que la medida es «desmesurada».

Aquella sesión plenaria del 8 de marzo de 2018, celebrada el día Internacional de la Mujer, los votos de PSOE, PP, Ciudadanos y los dos ediles no adscritos sirvieron para sacar adelante una moción impulsada por el alcalde socialista Juan Antonio Sagredo, que acordaba la suspensión de concesión de licencias asistenciales en suelo privado, mientras el departamento de Urbanismo elaboraba un estudio sobre las actividades de este tipo que contempla el PGOU, y posteriormente los vecinos de cada barrio decidan qué permiten y qué no. Los socialistas pretendían atajar el conflicto vecinal generado en la zona residencial, ante el rechazo a la instalación de un centro de acogida de menores, prevista por la Conselleria de Políticas Inclusivas.

Además de la movilización vecinal a favor del centro de menores, de hecho se impulsó una plataforma con treinta entidades, el conflicto acabó en los juzgados. La Abogacía de la Generalitat, presentó, en mayo de 2018, un contencioso administrativo pidiendo que se anulara el acuerdo plenario. Entre los argumentos esgrimidos, se indicaba que la suspensión de licencias «no es conforme a la ley» porque «infringe la Ley de Ordenación del Territorio», al considerar que dicha suspensión «se excede más allá del ámbito objetivo que puede suspender». Además, sostenía que la medida es «desmesurada» y vulnera la Constitución, que «prohíbe la arbitrariedad de los poderes públicos, por falta de motivación y desviación de poder de la resolución adoptada».

El magistrado ha resuelto el conflicto esta misma semana, estimando íntegramente el recurso de la Generalitat y anulando el pleno del ocho de marzo. El juez defiende en su sentencia, contra la que cabe recurso, que la jurisprudencia ha establecido que la suspensión de licencias durante la tramitación de expedientes de revisión de planes urbanísticos, en la medida que afecta el derecho de propiedad y la posibilidad de obtener permisos, implica que no se puede denegar una licencia a aquel que reúne los requisitos para obtenerla.

En el caso de Paterna, el acuerdo plenario se basa en el artículo 64 de la Lotup, normativa que establece que la suspensión de licencias debe acordarse para ámbitos concretos, mientras que la medida aprobada por el pleno afectaba a todo el término. En este sentido, el juez apunta que la suspensión de licencias «solo puede afectar a demolición o parcelación de terrenos», y en Paterna «se acordó suspender todos los tipos de licencias urbanísticas y de actividad, excediendo el ámbito material u objetivo que señala la norma». En definitiva, concluye que el veto del pleno a dar permisos es «no es conforme a derecho, por su desmesurada extensión, territorial y objetiva».

Compromís carga contra Sagredo

Compromís per Paterna acusó ayer al alcalde Sagredo de organizar «un sainete», en referencia al pleno del 8 de marzo, «con la connivencia de la derecha, con el único objetivo de intentar ganar votos en Montecañada». El candidato a la alcaldía de Compromís, Juanma Ramón, indica que se trata de un «caso más» en el que Sagredo «interpreta la ley de forma arbitraria y a su parecer, aplicándola en su favor y no al servicio de la ciudadanía». La formación valencianista le recuerda a Sagredo que «ser de izquierdas y progresista es más que llevarlo en el logo, se tiene que demostrar en las políticas que uno desarrolla y defender lo mismo que defiende José Luis Roberto, líder del partido de ultraderecha España 2000, no es la mejor manera. Sagredo es capaz de plegarse a los deseos de la derecha por conseguir 4 votos más», advierte.