Cuando un edificio, negocio, vivienda, empresa... no es accesible hay que realizar obras para que lo sea. Así lo indican diversas normativas. Sin embargo, si esas obras suponen un coste muy alto se puede aplicar un «ajuste razonable» que, aunque se prevé como una herramienta para mejorar la movilidad ha generado la instalación de rampas con una inclinación que hace imposible su uso para personas con movilidad reducida, por ejemplo. la rampa está, es un ajuste razonable, pero no convierte su instalación en accesible.

Sin embargo, al Comunitat Valenciana se convierte en pionera en la regulación del ajuste razonable, a través del Decreto 65/2019 del Consell, de regulación de la accesibilidad en la edificación y los espacios públicos, publicado recientemente en el DOGV. Y la Confederación de Personas con Discapacidad Física y Orgánica de la Comunitat Valenciana (Cocemfe CV) aplaude la iniciativa tras colaborar en la elaboración de esta normativa.

Entre las novedades que contiene, destaca la regulación del ajuste razonable, de juegos accesibles y dinámicos, de apoyos isquiáticos y de las condiciones de accesibilidad en los espacios naturales.

Criterios flexibles

El ajuste razonable cuenta con dos herramientas para hacerlo efectivo, siempre con la debida justificación. Por un lado, a través de las llamadas tolerancias admisibles en la construcción, que son modificaciones que recaen en las soluciones de accesibilidad para garantizar el uso y disfrute por parte de las personas con la movilidad reducida. La gran novedad normativa son los llamados criterios de flexibilización en elementos constructivos, que permitirán modificaciones justificadas por la accesibilidad de escaleras, altura de techos, mesetas o cabina del ascensor, entre otros.

El presidente de Cocemfe, Juan Mondéjar, asegura que con este decreto, la Comunitat Valenciana «se convierte en la primera en poner unas pautas iniciales en la regulación del ajuste razonable, previsto en la Convención de la ONU de los Derechos de las Personas con Discapacidad y en la Ley General de los Derechos de las Personas con Discapacidad». Además, señala que el texto integra una visión social necesaria en el diseño universal: «El ajuste razonable permite una interpretación amplia de los criterios arquitectónicos y una vertiente social, ya que está encaminado a evitar situaciones de personas prisioneras en sus viviendas y a permitir que estas vivan en su entorno el máximo tiempo posible antes de llegar a necesitar un recurso como una residencia».

Indeterminación

Desde Cocemfe recalcan la importancia de regular el ajuste razonable porque «hasta la fecha, el ajuste razonable era muy indeterminado y daba pie a aplicarlo de manera arbitraria y sin ningún control, con lo que las soluciones que se ejecutaban, en muchos casos, eran inadecuadas para las personas con discapacidad».