La sección quinta de la Audiencia de València ha frenado en seco las intenciones del expresidente de la Generalitat, Eduardo Zaplana, de anular el caso Erial la declaración de su presunto testaferro uruguayo Fernando Belhot.

El fiduciario ha admitido ante los investigadores del caso Erial que era el responsable de «gestionar el dinero de Zaplana en el extranjero. Me reconoció que él tenía la mayoría de las empresas y los otros dos [testaferros, en referencia a Joaquín Barceló y Francisco Grau] una pequeña cantidad. Y que él no había querido aparecer como titular de esos activos financieros, porque había sido una persona con actividad pública muy importante, presidente de la Comunitat Valenciana, miembro del PP, y por eso no quería comparecer». Belhot no sólo ha confesado, sino que ha liberado la entrega al Juzgado de Instrucción 8 de seis millones de euros que, presuntamente, pertenecían a Zaplana.

Los magistrados que han analizado el recurso de Zaplana (al que se adhirieron las defensas de su secretaria, sus presuntos testaferros y Elvira Suanzes) consideran que los investigados en el caso Erial «no tienen la legitimaciónpara denunciar la declaración en calidad de testigo (y no de investigado como inicialmente sucedió)». Y recuerdan al respecto que «las investigaciones son dinámicas, de modo que personas inicialmente investigadas o llamadas en calidad de testigos en un primer momento pueden cambiar de posición procesal». Los tres magistrados que firman la respuesta al recurso también dan un espaldarazo al trabajo realizado por la titular del Juzgado de Instrucción 8 y el Fiscal Anticorrupción del caso Erial.

En relación a la declaración de Belhot desde Uruguay como «arrepentido», que Zaplana y su círculo de confianza también ponían en duda, señalan que la jueza accedió a la declaración de Belhot, tras la solicitud del Fiscal Anticorrupción, «en presencia de las autoridades uruguayas y en el marco de asistencia jurídica en asuntos penales entre el Reino de España y la República Oriental de Uruguay» por lo que, fallan, «la resolución objeto de recurso es enteramente ajustada a derecho, por lo que procede confirmar».