El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha estimado parcialmente un recurso interpuesto por el Arzobispado de Valencia contra la exclusión de la asignatura de Religión en segundo curso de Bachillerato y obliga, por tanto, a que forme parte del bloque de materias optativas específicas. La decisión judicial deniega otras pretensiones planteadas por los recurrentes como ampliar la oferta para aumentar las horas de clase en primero y segundo de Enseñanza Secundaria Obligatoria (ESO).

En una sentencia fechada el 22 de mayo y facilitada ayer por el TSJ, la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo estima un recurso del Arzobispado de Valencia contra la exclusión de la asignatura de Religión de las materias específicas que deben ofrecerse en el segundo curso de Bachillerato. Con este fallo, el alto tribunal valenciano ratifica la doctrina fijada en una resolución anterior con motivo de unas medidas cautelares solicitadas por la Asociación de Profesores de Religión.

La sala aplica a este contencioso la jurisprudencia reciente del Tribunal Supremo. Concretamente, una sentencia del 11 de julio de 2018 en la que alto tribunal se pronunció sobre un decreto de la Junta de Extremadura similar al Decreto 51/2018 del Consell recurrido, por el que se establece el currículo y se desarrolla la ordenación general de la ESO y del Bachillerato en la Comunitat Valenciana. Tras estudiar la norma, la Sección Cuarta declara nula la decisión del Consell de no incluir Religión en la oferta educativa de segundo de Bachillerato, contrariamente a lo que establece la Ley Orgánica 2/006.

Los magistrados argumentan que «la defensa de la Administración aquí demandada prácticamente despliega las mismas argumentaciones desautorizadas por el Tribunal Supremo». «En ninguna parte del decreto, desde luego no en el preámbulo como habría sido pertinente -inciden- aparece cumplido el mandato contundente e inequívoco recogido en el artículo 34 ter. 4 de la Ley Orgánica 2/2006». Dicha norma incluye la Religión dentro del conjunto de asignaturas específicas que se han de ofertar a los alumnos de segundo curso de Bachillerato, para que estos elijan un mínimo de dos y un máximo de tres.

Tanto la Ley 2/2006 como el Real Decreto 1105/2014 estipulan que la elección de los alumnos estará en función de la regulación y de la programación de la oferta educativa de cada administración y de los centros docentes. «No obstante, si se quiere entender esa funcionalidad en el sentido de que permite prescindir de la Religión entre las asignaturas que son objeto de elección, deberá explicarse por qué», advierte el TSJCV.

En cambio, la Sala no halla objeción a que la Religión concurra en la oferta del mismo curso, segundo de Bachillerato, con otras diez materias específicas de carácter optativo aun cuando ninguna de ellas sea una asignatura de valores, por lo que desestima el recurso en ese punto.

La sentencia, que puede ser recurrida, tampoco considera probado que la reducción de las clases de Religión de dos a una hora semanal en primero y segundo de la ESO, tal como determina el decreto cuestionado, «impida un tratamiento suficiente de la materia». Sobre este punto, la sala sostiene que esa reducción por sí sola no implica «una carga lectiva irrelevante» que haga imposible desarrollar «el programa didáctico coherente y completo de enseñanza de la religión católica», precisan los magistrados.

"No hay ningún cambio", destacan desde Educación

"No se trata de ninguna cuestión nueva. De hecho no afecta en ningún sentido al funcionamiento de los centros educativos valencianos", subrayan fuentes de la Conselleria de Educación al ser cuestionadas sobre este fallo del TSJ.

Indican que la sección 4ª del TSJ ya se pronunció estableciendo una medida cautelar exactamente sobre la misma normativa en julio de 2018 por un recurso interpuesto por Asociación profesional de Profesores de Religión en Centros Estatales (Apprece).

En aquel momento la Abogacía de la Generalitat presentó un recurso de casación al Tribunal Supremo (TS) y desde el departamento del conseller Vicent Marzà explican que están "a la espera del pronunciamiento del TS". Al la vez, aseuran que están cumpliendo con la medida cautelar, "puesto que desde este curso, en 2º de Bachillerato, por primera vez, se ofrecida Religión en 2º de Bachillerato". Hay que recordar que nunca antes en ninguna normativa se señalaba que se ofertara Religión en 2º de Bachillerato y la sección 4ª del TSJ fijó que por primera vez se ofertara en 2º de Bachillerato", añaden.

Ahora el recurso que presenta el Arzobispado de Valencia va exactamente en la misma línea. "Por ser una sentencia no firme y por estar en desacuerdo, la Generalitat presentará un recurso de casación al TS también ahora", recalcan. Hay que recordar que en este curso 2018-19 ya se ha ofertado Religión en 2º de Bachillerato en cumplimientode la medida cautelar de julio de 2018", insisten "Por tanto esta sentencia no firme de ahora no afecta en ninguna medida al funcionamiento de los centros educativos valencianos y no supone ninguna novedad", concluye el comunicado de la conselleria.