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El Consell abrirá otro canal para denunciar las citas ocultas con lobbies

Transparencia ultima el decreto que marca la relación con los grupos de interés y su supervisión

El Consell abrirá otro canal para denunciar las citas ocultas con lobbies

La Conselleria de Transparencia apura sus últimos días en espera del nuevo organigrama de la Generalitat, una arquitectura institucional en la que seguramente ya no tendrá cabida este departamento y se incluirá dentro de otra conselleria en la que tendrá que convivir con otras áreas de gobierno.

Ahora bien, el conseller del ramo en funciones, Manuel Alcaraz, dice adiós a su presencia en el Gobierno valenciano (anunciada las pasadas navidades) dejando a punto de caramelo el desarrollo de uno de los proyectos legislativos que más quebraderos de cabeza dio internamente: la ley que regula la actividad de grupo de interés.

La ley está en vigor, pero la letra pequeña estaba pendiente del decreto que la desarrolla. La norma, que ya está ultimada y pendiente de su aprobación, da una vuelta de tuerca a la citada ley y recoge incluso la habilitación de otro canal confidencial para que terceras personas puedan denunciar posibles encuentros ocultos entre lobbies, altos cargos y empleados.

Registro de grupos de interés

El decreto establece la organización y el funcionamiento del registro de los grupos de interés, al que debe apuntarse toda organización o entidad que desea contactar con un funcionario o alto cargo para influir o participar en las actividades públicas.

El decreto contiene también un apartado específico sobre los sistemas de control y fiscalización en el ámbito de la Administración de la Generalitat y su sector público instrumental. Establece que el órgano responsable del registro debe efectuar de oficio controles periódicos, aleatorios y específicos para verificar los datos facilitados en el registro así como el cumplimiento del código de conducta. Sin embargo, no sólo este órgano velará por el cumplimiento de la ley. El artículo 17 recoge el procedimiento de alerta sobre información registral errónea o que contenga alguna omisión relevante. En este caso, se establece el uso de un canal confidencial. «Cualquier persona puede formular una denuncia delante del órgano responsable del registro» y esta debe estar fundamentada en hechos materiales. La denuncia debería incluir la identificación y los datos de contacto de la persona denunciada, el grupo de interés señalado, los hechos denunciados y la información en la que se basa la denuncia. Este nuevo canal se suma al buzzón de denuncias anónimas para detectar posibles corruptelas y malas prácticas que la Conselleria de Transparencia también ha puesto en marcha.

Por otro lado, el decreto describe las categorías incluidas dentro del registro de lobbies y cómo las entidades deben clasificarse. La relación, que en su día fue polémica, incluye consultorías, despachos de abogados, empresas y grupos de empresas, asociaciones comerciales y empresariales, organizaciones tales como medios de comunicación o ong, fundaciones, plataformas, grupos de reflexión vinculados a sindicatos o partido spolíticos y organizaciones que representen iglesias o comunidades religiosas.

El decreto establece que cuando se producen los contactos es el alto cargo quien tiene la obligación de hacer constar esa información en el registro con plazo máximo de un mes. Si la persona que establece la relación es un empleado público, este debe informar de manera inmediata al cargo público de quien dependa.

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