El Juzgado Central de lo Penal de la Audiencia Nacional ha concecido la suspensión de la pena de cuatro años de cárcel al exsecretario general del PPCV, Ricardo Costa, tras su confesión en el juicio por delito electoral en el que fue condenado y su colaboración posterior con la Fiscalía Anticorrupción.

Costa logra eludir su ingreso en prisión a cambio de pagar una multa de 192.000 euros, a razón de 4.000 euros mensuales y durante cuarenta y ocho meses. También deberá cumplir un año de trabajos comunitarios en beneficio de la comunidad, que ya realizaba ya que en la sentencia se asegura que colabora con Cruz Roja y Cáritas como voluntario. Durante los próximos cuatro años Costa tampoco podrá cometer ningún otro delito, según dispone el auto firmado por el magistrado José María Vázquez Honrubia.

Para adoptar esta decisión el magistrado tiene en cuenta que «ha sido delincuente primario u ocasional» y que «ha abandonado toda dedicación política y ha reordenado su actividad hacia el ámbito puramente privado». Aunque los delitos por los que fue condenado «son graves [delito electoral y falsedad documental] en cuanto que afectó a intereses generales proyectados hacia terceros, tan esenciales en democracia como las elecciones generales, locales y autonómicas» pero «no hay vestigio alguno de enriquecimiento personal o ánimo de lucro propio».

Además, a parte de su confesión, el magistrado Vázquez Honrubia destaca que Costa «ha seguido colaborando con la Fiscalía y órganos judiciales en «procedimientos de análoga significación delictiva (caso Fórmula 1, caso Valmor, caso Imelsa)» además de prestar declaración en la causa de los papeles de Bárcenas, «permitiendo reordenar y ampliar la investigación» y en la investigación de la pieza de la Gürtel que investiga los contratos menores y ha permitido ampliar la investigación a Francisco Camps.