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Tribunales

La ayuda a la dependencia que llega después de muerta

Condenan a la Generalitat a pagar más de 19.700 € a la familia de una mujer que solicitó la ayuda de la Dependencia en 2007 y murió hace seis años - "La estrategia era valorar por lo bajo y retrasar los expedientes", lamenta la familia

La ayuda a la dependencia que llega después de muerta

Javier García argumenta que la estrategia estaba clara: «Valoraban el grado de Dependencia por lo bajo (para pagar menos) y luego retrasaban los expedientes todo lo que podían para ver si la persona solicitante de la ayuda de la dependencia fallecía, y así ya no tenían que abonar nada y se ahorraban ese dinero». Eso fue, al menos, lo que ocurrió con su tía. Sin embargo, una jueza ha dictado sentencia y ha condenado a la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas a pagar 19.701,55 euros (más intereses legales y costas del proceso) a la familia de Maria Antonieta. La ayuda a la Dependencia llega 12 años después de solicitarla y 6 desde que falleciera la mujer. La sentencia data del pasado 20 de mayo.

El sobrino de Maria Antonieta, Javier García, quiere explicar, de entrada, que quien tenía «esta forma de actuar era el PP, que gobernaba con macroeventos y dejaba a los niños en barracones y a los mayores sin cobrar una ayuda de la Dependencia, que les era necesaria para vivir en mejores condiciones». Sin embargo, ya con la Conselleria de Igualdad en manos de Mónica Oltra, llegó la resolución del Programa Individual de Atención (PIA) de prestación de cuidado en entorno familiar (en fecha del 27 de abril de 2017) para la mujer por un importe mensual de 426,98 euros al mes. Sin embargo, esa cuantía no correspondía a un derecho «que se entiende producido a partir del día siguiente de la fecha de presentación de solicitud», que fue el 7 de diciembre de 2007. Por ello, los familiares de Maria Antonieta acudieron a los tribunales representados por la abogada Sandra Casas, responsable de Acción para la Justicia Social.

Responsabilidad patrimonial

«Acudimos a los tribunales para hacer justicia, porque ese derecho era de mi tía, que al final falleció sin poder percibir una ayuda que necesitaba. Quisimos honrar su memoria. Las familias nos hemos visto desamparadas en este largo proceso porque una vez fallecida la persona dependiente hay que ir a los tribunales para reclamar la responsabilidad patrimonial de la Administración y en medio de tanto dolor muchas familias no lo hicieron ni lo hacen. Pensamos en tirar la toalla muchas veces. Pero la justicia ha sido muy rápida y quiero darle las gracias a Sandra Casas y también al Juzgado de Primera Instancia número 13 y al Contencioso Administrativo número 1 porque han resuelto en 6 meses y han reconocido un derecho que ya dábamos por perdido después de tantos años», explica un sobrino que se emociona cuando recuerda a su tía y la sensación de «impotencia» que ha padecido durante años de desgaste «ante una Administración que abandonó a muchas familias».

Y recalca: «El problema residía en las prestaciones de cuidado en entorno familiar porque cuando acudías a la conselleria para peguntar por el expediente te explicaban que una plaza en residencia se conseguía enseguida pero la ayuda directa a las familias era otra cosa. Ahí no había negocio, claro».

El 7 de diciembre de 2007 la familia presentó la solicitud de reconocimiento de situación de dependencia y derecho de prestaciones para Maria Antonieta, que ya entonces vivía con su hermana que era quien se encargaba de sus cuidados. La conselleria tardó ocho meses en valorar su situación (agosto de 2008), el paso inicial para realizar una propuesta PIA que marcará la ayuda que recibe la usuaria en función de sus necesidades. «En la valoración le dieron el grado más bajo, así que un año después solicitamos la revisión de la valoración por agravamiento», explica Javier García. Pidieron la revisión en octubre de 2009 pero no fue hasta febrero de 2012 cuando se modificó esa valoración para atribuirle a la mujer un Grado 3 Nivel 1. Un año antes (junio de 2011) la familia aportó el certificado de discapacidad de la mujer, que también costó lo suyo.

Y con todo, la resolución PIA, la base con la que se reconoce la ayuda y las prestaciones, no llegaba. De hecho, fue en abril de 2017 cuando se aprobó el informe PIA para una mujer que había fallecido cuatro años antes. Dos años después, la jueza ha ordenado el pago.

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