La muerte en enero de 2017 de Belén, una adolescente de 17 años, tras la ingesta de metanfetameninas y anfetaminas, después de ser evacuada al Hospital de la Ribera al sufrir convulsiones en el interior de una discoteca de Sueca, quedará finalmente sin castigo. El menor juzgado por facilitarle presuntamente el potente éxtasis que le provocaría posteriormente una intoxicación patológica con disfunción orgánica y el fallecimiento de la joven ha sido condenado por un delito contra la salud pública pero no por la supuesta venta a la víctima, sino por «actos de adquisición de sustancias estupefacientes con la finalidad de destinarlas al tráfico y por el favorecimiento del consumo».

Así, el Juzgado de Menores número cuatro de València absuelve al joven, defendido por el letrado José Antonio Garcín, del delito de homicidio imprudente en base al «principio de presunción de inocencia», al no poder establecer un nexo de causalidad entre el fallecimiento de la menor y las pastillas que el acusado le pudo suministrar esa noche. El juez de menores impone una condena de dos años de internamiento en régimen semiabierto al joven, que ahora tiene 19 años, por un delito contra la salud pública, de los cuales especifica que uno será de efectivo cumplimiento y el resto de libertad vigilada. La sentencia basa su condena por el tráfico de drogas en los testimonios de otros jóvenes que declararon en el juicio cómo el acusado les ofreció pastillas «music-on» -con un contenido de metilendioximetanfetamina (MDMA) muy superior a los éxtasis habituales-, así como de las conversaciones extraídas del teléfono intervenido al acusado, recuperadas por el Departamento de Nuevas Tecnologías de la Guardia Civil.

Los familiares de la fallecida, representados por el letrado José Enrique Segrelles y que ejercían la acusación particular, finalmente no percibirán ningún tipo de indemnización por la muerte de la adolescente. De hecho, la discoteca Barraca de Sueca, en cuyo interior comenzó a convulsionar la joven, según queda acreditado en la sentencia, queda eximida de responsabilidad civil alguna al absolver del homicidio imprudente al acusado, pese a que por la edad de la víctima -17 años- no debía haber permitido su entrada en el local de ocio y mucho menos el consumo de sustancias estupefacientes.«No podemos olvidar que el fallecimiento de la adolescente fue causado por la ingesta de metanfetaminas y anfetaminas que le provocaron una intoxicación patológica por droga, con síndrome de disfunción orgánica», detalla la sentencia. Sin embargo, argumenta que «este juzgado no va a entrar a valorar las declaraciones contradictorias prestadas por el menor y los testigos, respecto de si el acusado le suministró pastilla alguna a la víctima y si le explicó o no cómo debía tomársela, ante la imposibilidad de determinar si el fallecimiento de la joven fue causado por las pastillas que éste le pudo suministrar».

La jueza destaca que al menor acusado no le fue intervenida ninguna pastilla de «music-on», y «teniendo en cuenta que cada partida de pastillas estupefacientes puede tener una composición diferente, nos falta el nexo de causalidad que nos permita concluir con plena seguridad que el fallecimiento de la menor fue causado por las pastillas que el procesado pudiera suministrarle». Respecto al delito de tráfico de drogas, por el que ha sido condenado, el joven negó en el juicio que vendiera sustancias estupefacientes y alegó que la marihuana hallada en el arcón de su cama -diez bolsitas con 12,84 gramos de cannabis- era para autoconsumo.

No lo considera así el juzgado de menores, que recoge en la sentencia que la droga se encontraba dispuesta en bolsas de plástico preparada para su distribución. Además hay varios mensajes que lo incriminan y prueban el tráfico de drogas, como una conversación con otro joven donde éste le pregunta: «Lo vendiste to?», y el acusado contesta: «a tope bro».

Ofertaba éxtasis por Whatsapp

De igual modo el fallo considera como hecho probado que el día 19 de enero de 2017, tres días antes de que Belén fuera ingresada en estado crítico en el Hospital de la Ribera tras sufrir convulsiones en el interior de la discoteca Barraca, el ahora condenado adquirió pastillas «music-on», cuya sustancia activa es el MDMA, para venderlas en una sesión que se iba a celebrar en dicha discoteca de Sueca.

A través de un grupo de whatsapp llamado «Barrakeeta» el condenado envió un mensaje diciendo que vendía «tres pastillas por 25 euros», adjuntando una fotografía de las mismas. Asimismo, la noche del 22 de enero le ofreció pastillas a una amiga de la víctima. Esa misma madrugada la joven de 17 años sufrió convulsiones por la ingesta de metanfetaminas y anfetaminas y tuvo que ser evacuada de urgencia al Hospital de la Ribera, donde falleció dos días después por una disfunción orgánica.