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Los relojes de Grau: un caso de jurado que acabó en un tribunal

El asunto debía ser juzgado por ciudadanos pero las partes acordaron ir a un tribunal profesional

La sección segunda de la Audiencia de València condenó en junio al exvicealcalde de València, Alfonso Grau, a cuatro años de cárcel por aceptar relojes de lujo de un contratista. En concreto, la mano derecha de la exalcaldesa Rita Barberá fue condenada a nueve meses de prisión por cohecho, al haber aceptado regalos de un empresario, y añadía otros tres años y tres meses de cárcel por haber blanqueado con ellos.

Se trata de un procedimiento que debía ser juzgado por el Tribunal del Jurado, pero las partes acordaron ir a un tribunal profesional por la complejidad de la mecánica denunciada por la Fiscalía y los argumentos jurídicos que plantearon los abogados de los acusados, admiten fuentes conocedoras de las estrategias de la defensa.

Grau ha recurrido la sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJ-CV), pero no ha incluido entre sus argumentos ninguna referencia a que su caso debía ser juzgado por un jurado, matizaron estas fuentes.

Esa necesidad de contar con conocimientos previos técnicos jurídicos para juzgar determinados asuntos de naturaleza económica ha provocado, incluso, que el magistrado que preside un jurado lo disuelva por la falta de conocimientos de los ciudadanos seleccionados.

No es habitual que pase, pero sí ha ocurrido en un asunto instruido en la Comunitat en el que el magistrado detectó que no existían suficientes pruebas para una condena y que los hechos juzgados podían generar confusión en el jurado.

Según los datos facilitados por la Audiencia de València, entre 2017 y 2018 se celebraron 28 juicios por este procedimiento. Mientras, en la provincia de Castellón se celebraron 8 y todos acabaron con veredicto de culpabilidad.

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