La Audiencia de València ha ordenado contra todo pronóstico la reapertura de parte del caso Valmor, el procedimiento que ha investigado la organización del Gran Premio de Europa de Fórmula 1, que acogió València entre los años 2008 y 2012. El tribunal toma la decisión después del recurso que presentó la Abogacía de la Generalitat Valenciana en contra del criterio de la Fiscalía Anticorrupción.

La decisión de la sección segunda va más allá de la reapertura, pues deja al expresidente Francisco Camps al borde del procesamiento por estos hechos. El juzgado ya no puede practicar más diligencias porque los plazos de instrucción han expirado. Por tanto, razonaron ayer fuentes jurídicas, la magistrada deberá dictar un auto por el que finalice la fase de instrucción y transforme la causa.

La Audiencia estima en parte el recurso de la Generalitat y, de todos los hechos investigados, ha detectado indicios de presuntos delitos en la firma del documento por el que la Generalitat se convirtió en avalista de las carreras.

Este aval se firmó el 19 de julio de 2011 y un día después, el 20, Camps presentó su dimisión por el asunto de los trajes de Gürtel, por el que resultó absuelto por un jurado popular. Es en este espacio temporal en el que el tribunal limita las posibles responsabilidades penales para reabrir la causa.

El expresidente presentó su dimisión un miércoles y desde el viernes anterior, día 15 de julio, su agenda oficial estaba suspendida. Francisco Camps y Mariano Rajoy no necesitaban intermediarios, pero las personas que Génova designó para convencer al expresidente fueron Federico Trillo y Rita Barberá.

Las reuniones se sucedieron durante todo el fin de semana. El lunes 18 de julio la crisis institucional alrededor de Camps alcanzó la máxima tensión y un día después, el 19, la exconsellera Lola Johnson firmó en nombre de Presidencia el aval en el que la Audiencia justifica ahora la reapertura.

Según la sección segunda, «no es posible descartar que Francisco Camps obrara, no ya sin la debida prudencia a la hora de comprometer a la Generalitat que presidía en el cumplimiento de los derechos comerciales cedidos a la empresa poseedora de los derechos de la Fórmula 1, sino ejerciéndola sin valorar, de forma deliberada y consciente, si jurídicamente era factible» asumir el compromiso.

Así, «considerando que el fin perseguido» era «lograr salvar la realización del Gran Premio, evento de interés general, no podía encontrar obstáculos jurídicos para su consecución, desechara que se siguiera el debido procedimiento administrativo, farragoso y que por su compleja tramitación (por cuanto era compleja en términos jurídicos la solución), podía dilatar más allá de lo exigible».

De este modo, según el tribunal, «cabe sostener que ante la notoria situación de inestabilidad política en que se encontraba Camps y que condujo a su dimisión el día siguiente a la firma de dicho documento, se optara por la solución que interesaba al fin perseguido en perjuicio del procedimiento debido -que permitía proteger los intereses públicos y protegerlos del abuso de poder-».

Además, aun cuando, a título de hipótesis, se admitiera que Camps ponderara la existencia de un conflicto de intereses para garantizar la competición, la sala concluye que «dicha ponderación de intereses no excluiría su responsablidad por eludir el procedimiento legal que no admite más excepciones que las previstas en la ley».

Sin procedimiento legal

«Se prescindió, así, de cualquier tipo de control por la intervención de la Generalitat y no consta que existiera crédito con el que satisfacer las posibles responsabilidades», recoge el auto. Y es que entiende el tribunal que, a diferencia de los otros actos investigados, «en este caso podría existir una omisión absoluta del procedimiento legalmente establecido, y cabe atribuir, visto el contenido de la información que ofrecen las diligencias practicadas, participación relevante en tal decisión Camps».

La Audiencia no entra a valorar si el aval se ejecutó o no, o que Camps no fuese la persona que lo firma. Los testigos han declarado que apenas unos días antes de la firma «apresurada» del contrato, Camps se reunió urgentemente con Bernie Ecclestone en Londres para negociar un cambio en las condiciones económicas

Allí también se negoció la posibilidad de obtener la exclusividad en la celebración del Gran Premio de Fórmula 1 en España, «extremos todos estos que podrían considerarse amparados por una decisión de contenido político».

Y dada la cercanía entre la fecha en que se produjo dicha reunión y la fecha de la firma del acta, el tribunal estima que la orden partió de Francisco Camps.