El grueso de las comunidades autónomas aplican en la actualidad la bonificación del 99 % al valor de la empresa cuando el negocio se hereda de padres o hijos o tienen bonificado la cuota al 99 %, por lo que la tributación es testimonial, como es el caso de Madrid. Solo Cataluña y Baleares mantienen la bonificación estatal al 95 %, aunque la comunidad vecina la tiene al 99 % en caso de transmisión entre cónyuges.