El CJC aprovecha el dictamen para hacer un repaso histórico sobre las diferentes denominaciones al territorio valenciano que le vale para afirmar que el término de 'País Valencià' «no resulta ajeno a la realidad histórico política de la Comunitat Valenciana, que transitó por diferentes términos en el siglo XX para, finalmente, adoptar el que consta asumido en el artículo 1 del Estatuto d'Autonomia: Comunitat Valenciana». El Jurídic se remonta al proyecto de Constitución para el Estado Valenciano de 1904, del Partido Republicano Federal, que usó el término «Región Valenciana», una expresión que también constó en el anteproyecto de Estatuto del Ayuntamiento de València de 1931.

«País Valenciano» aparece en el Proyecto de Bases para el Estatuto del País Valenciano del 23 de diciembre 1936 propuesto por CNT y en el anteproyecto de marzo de 1937 de Unión Republicana. En 1975, el Estatut d'Elx lo usó también, igual que el Estatut del Consell Democràtic de 1976 y el de Morella de diciembre de 1978. Recuerda que el término «Comunidad Valenciana» fue introducido por UCD como tercera vía en el enfrentamiento entre partidarios de «Reino de Valencia» y «País Valencià». Ambos términos cayeron finalmente durante la tramitación del proyecto en el Congreso de los Diputados, de modo que fue la denominación «Comunidad Valenciana» la que pasaría a ser la oficial y sustituida en la reforma de 2006 por Comunitat Valenciana. Insiste el Jurídic, la denominación «País Valencià» no es contraria al Estatut, si no que es intrascendente, pues con ella no identifica ni al Estatut ni a la comunidad».