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Burocracia

Los informes de vulnerabilidad en un desahucio solo se emiten si lo solicita un juez o abogado

Los Servicios Sociales afirman que los certificados de exclusión como tal "no existen", pues se realizan por "trámites concretos" durante un proceso

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Hay tratados internacionales, convenios suscritos y leyes que han modificado artículos para evitar que familias o personas vulnerables se queden en la calle cuando hay un proceso de desahucio en marcha sin alternativa habitacional. Sin embargo, los desahucios a familias con hijos, con grado de discapacidad, en paro, mayores de 65 años, sin ingresos... se suceden a diario. No han cesado y cuando se paralizan (por uno, dos o tres meses) es porque el juez así lo indica al tener acreditado que el afectado ni tiene recursos ni alternativa habitacional posible y que la propiedad es de un banco.

Sin embargo, no basta que una familia levante la mano y diga que es vulnerable, que no puede pagar el alquiler o la hipoteca. Así, una familia solo puede acreditar que está en situación de vulnerabilidad o exclusión social si así lo dictamina un técnico de Servicios Sociales con un informe que evalúe su situación. Y para poder hacerlo, es decir, para que los Servicios Sociales emitan un informe sobre la vulnerabilidad de una determinada familia debe solicitarlo o un juez o un abogado o un «organismo oficial». Es decir, según los Servicios Sociales de tres ayuntamientos consultados (València, Catarroja y Alfafar), los informes de vulnerabilidad «no se realizan de oficio, sino de parte y para un motivo concreto. Por un desahucio, por un corte de luz... Así, solo se emiten informes si lo pide el juez o el abogado del desahuciado, por ejemplo. Y en función de lo que se precise, se elabora el certificado porque de lo contrario, los servicios sociales no haríamos otra cosa. No se hacen a instancia de un particular o de una entidad, a no ser que tenga relación con el proceso que esté en marcha».

Ahora bien, el problema surge cuando los propios jueces desconocen a quién desahucian y cuál es su situación. Y es que el pasado mayo, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) reconocía a Levante-EMV la «necesidad» de que las Administraciones «recopilen y pongan a disposición de los órganos judiciales la información sobre las personas en situación de vulnerabilidad, ya que habitualmente el juez no tiene conocimiento de la situación del demandado en procesos de lanzamiento hasta que la comisión judicial se lo comunica, es decir, cuando está a punto de ejecutarse el lanzamiento».

Es decir, la Administración solo emitirá el informe si lo pide el juez, y el magistrado no lo pedirá porque desconoce la situación de la familia. Y así, entidades sociales como la Plataforma de Afectados por las Hipotecas (PAH) actúan casi a diario paralizando desahucios sin alternativa habitacional a familias vulnerables. Es decir, «peleando» con los servicios sociales para que emitan el informe que puede o no haber pedido el juez.

Ni obligatorios ni vinculantes

Si la Administración no comunica de oficio al juez la situación de vulnerabilidad de la familia y éste no lo pide, parece pues que el abogado es clave a la hora de incluir estos certificados en el proceso. «Nosotros trabajamos con los servicios sociales de Alfafar de forma fluida y nos emiten informes de vulnerabilidad sin problemas. Eso sí, estos informes no son vinculantes y muchas veces ni se tienen en cuenta. Sobre todo si el propietario es un particular. Si la propiedad es de un banco... puede paralizar el desahucio y a veces lo hacen. Pero, por regla general, los jueces aplican la ley sin mirar a quien afecta. Y es un problema porque dejar en la calle a una familia sin recursos y sin alternativa habitacional... solo incrementa la pobreza y el drama porque esa familia ya queda fuera del circuito y es imposible que acceda a una vivienda en el mercado libre. Y hablamos de familias vulnerables », explica Guillermo Noguera, abogado de El Rogle.

El letrado especialista en desahucios, Óscar Bolívar, explica que el pr0blema surge «si el letrado desconoce lo que debe presentar y el expediente llega ante el juez sin la constancia de vulnerabilidad. Los Servicios Sociales precisan de más personal. Y los abogados de oficio precisan de formación en los temas de desahucios y todos los agentes implicados (registradores, administradores de fincas, bancos...) tienen herramientas para detectar los casos con tiempo suficiente para intentar que no se llegue al lanzamiento».

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